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Documento BOE-A-1979-7595

Real Decreto 455/1979, de 13 de febrero, por el que se cede gratuitamente al excelentísimo Ayuntamiento de Madrid un solar de 1.697,22 metros cuadrados, sito en la calle Juan Tornero, número 13 de Madrid, para destinarlo a la construcción de un Centro de Educación General Básica.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 15 de marzo de 1979, páginas 6493 a 6494 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-7595

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Madrid, ha solicitado la cesión gratuita de un solar de mil seiscientos noventa y siete coma veintidós metros cuadrados, sito en la calle Juan Tornero, número trece, de Madrid, para dedicarlo a la construcción de un Centro de Educación General Básica.

Se ha acreditado que el bien cuya cesión se solicita, tiene la calificación de patrimonial, figurando inscrito en el Registro de la Propiedad y en el Inventario de Bienes del Estado, y que no se juzga previsible su afectación o explotación.

La Ley del Patrimonio del Estado, en su artículo setenta y siete, autoriza al Gobierno para ceder a las Corporaciones Locales, los inmuebles del Patrimonio del Estado, por razones de utilidad pública o de interés social.

Si bien el artículo primero de la Ley de Construcciones Escolares de veintidós de diciembre de mil novecientos cincuenta y tres, en redacción dispuesta por la Ley ochenta y seis/mil novecientos sesenta y cuatro, de dieciséis de diciembre, dispone que los solares para dichas construcciones deberán ser aportados por los municipios, exceptúa el supuesto de la concurrencia en los Ayuntamientos de circunstancias de excepción, en cuyo caso podrán ser dispensados de dicha aportación. El Ministro de Educación y Ciencia ha informado que concurren dichas circunstancias en el Ayuntamiento de Madrid, lo que legitima que el bien que vaya a aportar para la construcción del Centro de Educación General Básica, lo reciba a título gratuito del propio Estado.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día trece de febrero de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se cede gratuitamente al excelentísimo Ayuntamiento de Madrid, con destino a la construcción de un Centro de Educación General Básica y al amparo de lo dispuesto en los artículos setenta y cuatro y setenta y siete de la Ley del Patrimonio del Estado, el siguiente inmueble:

«Solar de mil seiscientos noventa y siete coma veintidós metros cuadrados, sito en la calle Juan Tornero, número trece, de Madrid, que linda. Por Norte, con una línea paralela de sesenta y siete coma treinta y cinco metros, con el resto de la finca segregada; por Sur, en línea recta de sesenta y siete coma treinta y cinco metros, con la calle doña Mencía; por Este, en línea vertical de veinticinco coma veinte metros, con la calle de Montoro; y por el Oeste, en línea también vertical de veinticinco coma veinte metros, con la calle de Antillón. Esta finca fue segregada de su matriz por escritura, fecha trece de noviembre de mil novecientos setenta.

Artículo 2.

Si el bien cedido gratuitamente no fuere destinado al uso previsto dentro del plazo de cinco años o dejare de serlo posteriormente se considerará resuelta la cesión, y revertirá al Estado, integrándose en su Patrimonio con todas sus pertenencias y accesiones, sin derecho a indemnización, teniendo el Estado derecho además, a percibir de la Corporación, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos o deterioros del mismo.

Artículo 3.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se adoptarán las determinaciones necesarias para la efectividad del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a trece de febrero de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

FRANCISCO FERNÁNDEZ ORDOÑEZ

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