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Documento BOE-A-1979-6438

Orden de 12 de febrero de 1979 por la que se autorizan nuevas plantaciones de lúpulo.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 1 de marzo de 1979, páginas 5457 a 5457 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-6438

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Por Orden de este Ministerio de 28 de enero de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de marzo) se fijaba el objetivo de producción para el año 1979 en 2.575.000 kilogramos de lúpulo seco, para el cual se consideraron suficientes las plantaciones existentes en aquel momento.

Sin embargo, en el curso de los últimos años se han producido rescisiones de contratos y abandonos de cultivo, estimándose necesario para compensarlo unas 300.000 nuevas plantas. En este sentido se ha pronunciado unánimemente la Junta Mixta del Fomento del Lúpulo, en la que, además de la entidad concesionaria del cultivo, están representados los cultivadores por sus organizaciones sindicales.

En su virtud, y previo informe del Ministerio de Industria y Energía, este Ministerio ha resuelto:

Primero.

Durante el año 1979, y con vistas al logro del objetivo de producción fijado para el mismo, se autorizarán nuevas plantaciones de lúpulo hasta un total de 300.000 plantas, en una superficie de 100 hectáreas.

Segundo.

Las nuevas plantaciones se situarán en las actuales zonas de producción, utilizándose las mismas variedades cultivadas.

Tercero.

La distribución de contratos de cultivo se hará bajo las normas básicas del Decreto 2393/1972, de 18 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 20 de septiembre), y la Orden de este Ministerio de 12 de enero de 1973 («Boletín Oficial del Estado» del 31).

Lo que comunico a V. I.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 12 de febrero de 1979.

LAMO DE ESPINOSA

Ilmo. Sr. Director general de la Producción Agraria.

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