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Documento BOE-A-1979-4210

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza el establecimiento de la línea de transporte de energía eléctrica que se cita y se declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 10 de febrero de 1979, páginas 3626 a 3626 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-4210

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio en Madrid, a instancia de «Unión Eléctrica, S. A.», con domicilio en Madrid, calle Capitán Haya, número 53, solicitando autorización para instalar una línea de transporte de energía eléctrica v la declaración en concreto de la utilidad pública de le misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1866, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939.

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma, ha resuelto:

Autorizar a «Unión Eléctrica, S. A.», el establecimiento de una línea de transporte de energía eléctrica a 220 KV., subterránea, de un solo circuito formado por tres cables unipolares de aceite fluido de 91,4 milímetros de diámetro exterior, tipo «OF Pirelli». con doble blindaje; las canalizaciones, con una profundidad, de 2,20 metros y 0,8 metros de ancho, se ajustarán a las normas dictadas por el Ayuntamiento de Madrid en las mismas, y a una profundidad de un metro; se incluyen una línea de señalización de alarmas de manómetros y otra teleférica para la transmisión de datos y protecciones; la capacidad de transporte es de 240 MVA. Su longitud total será de ocho kilómetros, con origen en la subestación «Hortaleza» y final en la subestación «Norte», ambas en la provincia de Madrid.

Su finalidad será la de garantizar al máximo la alimentación a dichas subestaciones, pana ofrecer a los abonados de este sector un suministro en las mejores condiciones de seguridad y regularidad.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/ 1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación, aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Lo que digo a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 29 de diciembre de 1978–El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria y Energía en Madrid.

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