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Documento BOE-A-1979-366

Orden de 3 de enero de 1979 por la que se determinan las Delegaciones Regionales de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 9 de enero de 1979, páginas 367 a 368 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1979-366
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/01/03/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

El Real Decreto 2766/1976, de 4 de diciembre, y la Orden de la Presidencia del Gobierno de 10 de mayo de 1676, establecieron la nueva estructura periférica de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional en Delegaciones Regionales y Provinciales, disponiendo que aquéllas tengan rango orgánico de sección, si bien no se señalan explícitamente ni su número ni su ubicación.

Teniendo en cuenta que hasta la fecha existen en funcionamiento diez Delegaciones Regionales, en las que se integran las cuarenta provinciales con rango orgánico de negociado también preexistentes, se hace urgente croar una Delegación Regional en La Coruña, con el fin de atender a todas las necesidades geográficas que requiere Galicia, como son las Redes Geodésicas y de Nivelación, Mapa Topográfico Nacional, Cartografía Derivada y Temática, Catastro Topográfico Parcelario, Geofísica, etc., en la que se integrarán todas las dependencias del Organismo de aquella región, como son el Observatorio Geofísico de Santiago de Compostela, el Mareógrafo de La Coruña y la Delegación Provincial de Pontevedra.

En su virtud, esta Presidencia del Gobierno, ha tenido a bien disponer:

1.º  La estructura periférica de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional será la siguiente:

– Delegación Regional Especial, con sede en Madrid.

– Delegación Regional Especial, con sede en Barcelona.

– Delegación Regional, con sede en Valencia.

– Delegación Regional, con sede en Murcia.

– Delegación Regional, con sede en Granada.

– Delegación Regional, con sede en Sevilla.

– Delegación Regional, con sede en Valladolid.

– Delegación Regional, con sede en La Coruña.

– Delegación Regional, con sede en Oviedo.

– Delegación Regional, con sede en Soria.

– Delegación Regional, con sede en Zaragoza.

2.° En las Delegaciones Regionales del Instituto Geográfico Nacional se integrarán las diversas unidades que radiquen en la circunscripción territorial correspondiente, así como las nuevas dependencias provinciales que en el futuro puedan establecerse.

3.° Se autoriza al Director general del Instituto Geográfico Nacional para que determine, previa conformidad del Ministerio de la Presidencia del Gobierno, las circunscripciones territoriales de cada Delegación Regional, de acuerdo con las necesidades de los servicios y conveniencias de la marcha de los trabajos según que éstos se encuentren en fases de ejecución, de conservación o mixta.

4.° Dependientes de la nueva Delegación Regional de La Coruña, se crean los Negociados siguientes:

– Negociado de Planificación Técnica.

– Negociado de Fotogrametría.

– Negociado de Cálculo y Gabinete.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 3 de enero de 1979.

OTERO NOVAS

Ilmo. Sr. Director general del Instituto Geográfico Nacional.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 03/01/1979
  • Fecha de publicación: 09/01/1979
Referencias anteriores
Materias
  • Dirección General del Instituto Geográfico Nacional
  • Ministerio de la Presidencia
  • Presidencia del Gobierno

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