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Documento BOE-A-1979-30

Orden de 31 de octubre de 1978 por la que se dispone se cumpla en sus propios términos la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Zaragoza en recurso contencioso-administrativo interpuesto por la «Empresa Nacional Hidroeléctrica del Ribagorzana», por concepto de tarifas de riego.

Publicado en:
«BOE» núm. 1, de 1 de enero de 1979, páginas 26 a 26 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-30

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Visto el testimonio de la sentencia dictada el 27 de enero de 1978 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Zaragoza, en recurso número 291 de 1977, promovido por la Compañía mercantil anónima «Empresa Nacional Hidroeléctrica del Ribagorzana», contra resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de 2 de junio de 1977 por concepto de tarifas de riego, central grado II, año 1975,

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Primero. Desestimamos el presente recurso número doscientos noventa y uno de mil novecientos setenta y siete, instado por el Procurador don Vicente Aranda Gomara, en representación de la “Empresa Nacional Hidroeléctrica del Ribagorzana” (“ENHER”).

Segundo. Confirmamos los acuerdos dictados por el Tribunal Económico-Administrativo Provincial de Zaragoza, de dieciocho de noviembre de mil novecientos setenta y seis, y por el Tribunal Económico Administrativo Central, de dos de junio de mil novecientos setenta y siete, objeto de impugnación, por ser acordes al ordenamiento jurídico.

Tercero. No hacemos pronunciamiento especial en cuanto a costas.»

Lo que comunico a V. I.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 31 de octubre de 1978.‒P.D., el Subsecretario de Hacienda, Dionisio Martínez Martínez.

Ilmo. Sr. Director general de Tributos.

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