Excmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo seguido en única instancia ante la Sala Segunda de la Audiencia Territorial de Madrid, entre partes, de una, como demandante, don Carlos Pardo Suárez, quien postula por sí mismo, y de otra, como demandada, la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra el Consejo Superior de la Armada de 8 de septiembre de 1976, se ha dictado sentencia con fecha 21 de septiembre de 1978, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos declarar y declaramos inadmisible el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Santos de Gandarillas Carmona, en nombre y representación de don Carlos Pardo Suárez, contra la resolución del Consejo Superior de la Armada de ocho de septiembre de mil novecientos setenta y seis, por la que se desestimó el recurso de revisión formulado contra la decisión de la Junta de Clasificación de Oficiales de la Armada de cuatro de mayo de mil novecientos sesenta y ocho, incluyéndolo en la lista segundo A, de “No apto para el ascenso en la Escala de Mar”, por concurrir la causa prevista en el artículo ochenta y dos, c), en relación con el cuarenta, f), de la Ley de la Jurisdicción. Sin costas.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso‒Administrativa de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial del Estado» numere 363), ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. E. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. E. muchos años.
Madrid, 29 de noviembre de 1978.
GUTIERREZ MELLADO
Excmo. Sr. Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada.
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