Visto el expediente número 26.449 incoado a instancia de «Fuerzas Eléctricas del Noroeste, S. A.» (FENOSA), con domicilio en calle Fernando Maclas, 2, La Coruña, en el que solicita autorización administrativa y declaración en concreto de utilidad pública para línea en baja tensión para alimentación de la vivienda propiedad de don Jesús Germán Fraga Vázquez, en La Choupana-Pastoriza CArteijo), y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Decreto 2619/1960, también de 20 de octubre, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939, Esta Delegación Provincial, a propuesta de la Sección correspondiente. ha resuelto:
Autorizar línea en baja tensión, de 174 metros de longitud, que entronca en la línea de baja tensión del expediente número 26.449, de Bordeiras, a la tensión de 220/380 V.
Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966, de 2o de octubre.
Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capitulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de seis meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórroga se ordena en el capitulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.
La Coruña, 23 de noviembre de 1979.–El Delegado provincial, Luis López-Pardo y López-Pardo.–7.051-2.
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