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Documento BOE-A-1979-29581

Decreto de 30 de julio de 1979, de la Presidencia de la Junta de Andalucía, sobre asignación de competencias a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 15 de diciembre de 1979, páginas 28840 a 28840 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Administración de los Entes Preautonómicos
Referencia:
BOE-A-1979-29581

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto seiscientos noventa y ocho/mil novecientos setenta y nueve, de trece de febrero, transfiere a la Junta de Andalucía las competencias de la Administración del Estado en materia de Administración Local, Agricultura, Transporte, Urbanismo, Actividades Molestas y Turismo.

En su disposición transitoria cuarta se establece que la Junta de Andalucía organizará los servicios precisos y distribuirá entre los órganos correspondientes las competencias transferidas.

En consecuencia, en virtud de las competencias que me otorga el artículo once del vigente Reglamento de Régimen Interior, y previo acuerdo del Consejo Permanente de la Junta de Andalucía, en su reunión del día treinta de julio de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo único.

Se asigna al Consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca las competencias transferidas a la Junta de Andalucía en materia de Agricultura.

Disposición final.

El presente Decreto se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el de la Junta de Andalucía», entrando en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Sevilla a treinta de julio de mil novecientos setenta y nueve.

RAFAEL ESCUREDO RODRIGUEZ,

Presidente de la Junta de Andalucía

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