El Ayuntamiento de Lanuza, de la provincia de Huesca, adoptó acuerdo, con quorum legal, de solicitar la incorporación de su Municipio al limítrofe de Sallent de Gállego, de la misma provincia, debido a que la localidad y la mayor parte de su término municipal quedará inundada por las aguas del embalse en construcción. El Ayuntamiento de Sallent de Gállego, en sesión con el quorum legal, acordó aceptar la incorporación solicitada, a cuyo fin se redactaron las bases sobre el aprovechamiento de los pastos y determinación del destino de las cuentas de mejora de los montes propiedad del Ayuntamiento de Lanuza.
En el trámite de exposición al público y publicación del edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia no se produjo reclamación alguna, y la Diputación Provincial y el Gobierno Civil han informado en sentido favorable esta incorporación, ya que se ha demostrado la realidad de los motivos invocados y la conveniencia de la incorporación, concurrriendo las causas establecidas en el artículo catorce, en relación con el apartado c) del artículo trece de la vigente Ley de Régimen Local.
En su virtud, de conformidad con el dictamen emitido por la Comisión Permanente del Consejo de Estado, a propuesta del Ministro del Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintinueve de diciembre de mil novecientos setenta y ocho,
DISPONGO:
Se aprueba la incorporación voluntaria del Municipio de Lanuza al de Sallent de Gállego (Huesca).
Queda facultado el Ministerio del Interior para dictar las disposiciones que pudiera exigir el cumplimiento de este Real Decreto.
Dado en Madrid a veintinueve de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.
JUAN CARLOS
El Ministro del Interior.
RODOLFO MARTIN VILLA
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