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Documento BOE-A-1979-2928

Real Decreto 3291/1978, de 22 de diciembre, por el que se adscribe al Instituto Nacional de Empleo un inmueble sito en El Espinar (Segovia), denominado «Sanatorio Infantil de San Rafael», para ser destinado a Centro Docente de Formación Profesional.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 1979, páginas 2525 a 2526 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-2928

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Trabajo ha solicitado la adscripción al Organismo autónomo. Instituto Nacional de Empleo, de un inmueble, propiedad del Estado, sito en El Espinar (Segovia), denominado «Sanatorio Infantil de San Rafael», cuya superficie es de doce mil quinientos diecisiete metros cuadrados para ser destinado a Centro docente de Formación Profesional.

La Ley del Patrimonio del Estado de quince de abril de mil novecientos sesenta y cuatro, en sus artículos ochenta al ochenta y tres, autoriza la adscripción de bienes inmuebles a los Organismos del Estado, los cuales no adquieren su propiedad, habiendo de ser utilizados exclusivamente para el cumplimiento de los fines que se determinen, por lo que se considera aconsejable acceder a la petición formulada.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del día veintidós de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.

DISPONGO:

Artículo 1.

Se adscribe al Instituto Nacional de Empleo un inmueble sito en El Espinar (Segovia). denominado «Sanatorio Infantil de San Rafael», que a continuación se describe:

Finca urbana, de doce mil quinientos diecisiete metros cuadrados de superficie, cuyos linderos son: Norte, carretera general de Madrid a La Coruña; Oeste, por la derecha con terrenos eriales del Monte Aguas Vertientes; izquierda al Este, con hotel y terrenos de don Celestino Aranguren, hoy del Real Patronato de la Lucha Antituberculosa de España, y por el testero, o Sur, con cordel de treinta y siete metros de ancho para paso de ganados. Inscrita en el Registro de la Propiedad, al tomo dos mil veinticinco, libro cuarenta y cinco, folio ciento cincuenta y seis, finca número tres mil doscientos ochenta y tres, inscripción veintidós.

Artículo 2.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo ochenta de la Ley del Patrimonio del Estado, de quince de abril de mil novecientos sesenta y cuatro, el Instituto Nacional de Empleo no adquiere la propiedad del referido inmueble, el cual habrá de utilizarse necesariamente para Centro docente de Formación Profesional, debiendo revertir al Estado si no se cumpliere la finalidad de la adscripción.

Artículo 3.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado se llevarán a cabo los trámites, oportunos para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a veintidós de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

FRANCISCO FERNANDEZ ORDOÑEZ

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