Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-2921

Orden de 27 de julio de 1978 por la que se resuelven los recursos de reposición interpuestos por doña Ana María Sanfrutos Diego, doña Margarita Hortal Morillo y doña Dolores Hernández Romero, contra Orden de la Presidencia del Gobierno de 17 de diciembre de 1976.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 1979, páginas 2523 a 2524 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1979-2921

TEXTO ORIGINAL

Excmo. Sr.: Vistos los recursos interpuestos por doña Ana María Sanfrutos Diego, doña Margarita Hortal Morillo y doña Dolores Hernández Romero, funcionarias del Organismo autónomo Patronato de Investigación Científica y Técnica «Juan de la Cierva», contra Orden de la Presidencia del Gobierno de 17 de diciembre de 1976 –«Boletín Oficial del Estado» del día 29), por la que se publican relaciones definitivas de funcionarios afectados por la Disposición Transitoria del Decreto 3470/1974, de 20 de diciembre, y

Resultando que en la citada Orden, en su Anexo I, Ministerio de Educación y Ciencia, Organismo Patronato de Investigación Científica y Técnica «Juan de la Cierva», figuran las recurrentes en la relación número 3, con el epígrafe: «funcionarios que habiendo cumplido el 7 de marzo de 1975 cinco años de servicios no cuentan con título de Bachiller Superior o equivalente. La efectividad de su derecho con ocasión de vacante queda condicionada al cumplimiento de dicho requisito, siempre que continúen en servicio activo e ininterrumpido»;

Resultando que las recurrentes manifiestan que su ingreso en el Organismo Autónomo se produjo por oposición libre, convocada y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 88, de 11 de abril de 1963; consideran les es de aplicación lo dispuesto en el apartado b) del número uno de la Disposición transitoria del Decreto 3476/1974, de 20 de diciembre, a efectos de su integración, con ocasión de vacante, en escala o plaza de nivel y carácter administrativo;

Resultando que la Dirección General de la Función Pública remite proyecto de Orden Ministerial estimatoria de los recursos examinados;

Vistos el artículo 120 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, el artículo 52 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 el Decreto 3476/74, de 20 de diciembre, y la Orden de la Presidencia del Gobierno de 17 de diciembre de 1976;

Considerando que esta Presidencia del Gobierno es competente para resolver los presentes recursos de reposición interpuestos en tiempo y forma, con carácter previo al contencioso-administrativo;

Considerando que, a tenor de lo prevenido en el artículo 73 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, procede la acumulación de los recursos interpuesto dada la íntima conexión que guardan entre sí, de manera que deben ser resueltos en acto conjunto;

Considerando que, examinada la documentación aportada por las recurrentes doña Ana María Sanfrutos Diego, doña Margarita Hortal Morillo y doña Dolores Hernández Romero, se comprueba que las pruebas que superaron para su ingreso en el Organismo Autónomo Patronato de Investigación Científica y Técnica «Juan de la Cierva» pueden calificarse de oposición libre, pues la convocatoria de la misma se verificó en el «Boletín Oficial del Estado» de 11 de abril de 1968 y el examen de las bases y cuestionario de la oposición cumplen los requisitos exigidos para que las pruebas se califiquen como oposición libre;

Considerando que las recurrentes superaron las pruebas señaladas en la convocatoria del concurso-oposición libre, publicándose en el («Boletín Oficial del Estado» de 22 de noviembre de 1968) el fallo del Tribunal para proveer las plazas, figurando relacionadas las recurrentes, que efectuaron la toma de posesión de su destino el 1 de diciembre de 1968;

Considerando que las recurrentes doña Ana María Sanfrutos Diego, doña Margarita Hortal Morillo y doña Dolores Fernández Romero, a la entrada en vigor del Decreto 3476/1974, de 20 de diciembre, cumplían parte de los requisitos exigidos en la Disposición Transitoria de dicho Decreto, ya que además de haber sido clasificadas como funcionarías de carrera con referencia al 4 de septiembre de 1971 en escala o plaza de Auxiliar Administrativo no declarada a «extinguir» o «amortizar», su ingreso en el Organismo se produjo mediante oposición libre, por lo que, además, era preciso tener acreditados diez años de servicios efectivos, requisito éste último que las recurrentes no cumplían al entrar en vigor el Decreto 3476/1974;

Considerando que en el segundo-párrafo del apartado b) del número uno de la Disposición Transitoria del citado Decreto 3476/1974 se indica que los funcionarios que no reúnan los requisitos de tiempo y titulación se integrarán a medida que los alcancen, siempre que permanezcan en servicio activo e ininterrumpido. Las recurrentes pueden cumplir este último requisito de tiempo de servicio activo, siempre que permanezcan en activo con carácter ininterrumpido,

Esta Presidencia del Gobierno acuerda estimar los recursos interpuestos por doña Ana María Sanfrutos Diego, doña Margarita Hortal Morillo y doña Dolores Hernández Romero, funcionarias del Organismo Autónomo Patronato de Investigación Científica y Técnica «Juan de la Cierva», contra Orden de 17 de diciembre» de 1976, y, en su virtud, modificarla, en el sentido de incluirlas en la Relación número 2 del Organismo. «Funcionarios que habiendo ingresado por prueba de aptitud legalmente convocada, y estando en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente, o por oposición libre, pero que a 7 de marzo de 1975 no habían cumplido el requisito de tiempo de servicios. La efectividad de su derecho, con ocasión de vacante, queda condicionada al cumplimiento de dicho requisito, siempre que continúen en servicio activo e ininterrumpido», en el puesto que les corresponda respecto a la fecha de cumplimiento de requisitos, que en este caso se fijará contando diez años desde la toma de posesión, debiendo efectuarse las corridas de numeración que correspondan a la estimación del presente recurso; acuerdo que, además de ser notificado a las interesadas, debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a VV. EE.

Dios guarde a VV EE.

Madrid, 27 de julio de 1978.

OTERO NOVAS

Excmos. Sres. ...

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid