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Visto el expediente de indulto de Antonio Miguel Mesa Rico, condenado por la Audiencia Provincial de Málaga, en sentencia de veintitrés de noviembre de mil novecientos setenta y siete, como autor de un delito de robo, a la pena de tres años de presidio menor, y teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en los hechos.
Vistos la Ley de dieciocho de junio de mil ochocientos setenta, reguladora de la gracia de indulto, y el Decreto de veintidós de abril de mil novecientos treinta y ocho.
Oído el Ministerio Fiscal y el Tribunal sentenciador, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cinco de octubre de mil novecientos setenta y nueve.
Vengo en indultar a Antonio Miguel Mesa Rico de la mitad de la pena privativa de libertad impuesta en la expresada sentencia.
Dado en Madrid a cinco de octubre de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
IÑIGO CAVERO LATAILLADE
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