Ilmo. Sr: La Orden de este Ministerio de 19 de febrero de 1979 de aceptación de solicitudes presentadas al amparo de lo dispuesto en la Orden de 2 de julio de 1976 («Boletín Oficial del Estado» del 8), para la obtención de los beneficios previstos en los polígonos de preferente localización industrial, aceptó la de don Cripiano Mongil Prieto (expediente VA/25), para el polígono de preferente localización industrial de «El Cerro de San Cristóbal», en Valladolid.
Don Cipriano Mongil Prieto ha constituido la Entidad «Cipriano Mongil e Hijos, S. A », con lo que se logrará una solución de continuidad en el tiempo, por lo que se pretende reconocer a favor de esta última Entidad los beneficios que le fueron concedidos anteriormente a don Cirpiano Mongil Prieto.
En su virtud, a propuesta de la Secretaría General Técnica de este Ministerio, ha tenido a bien disponer lo siguiente:
Reconocer a favor de «Cirpiano Mongil e Hijos, Sociedad Anónima», los beneficios que le fueron concedidos a don Cipriano Mongil Prieto (expediente VA/25), por la Orden de este Ministerio de 19 de febrero de 1979, para la realiza ción en el polígono de preferente localización industrial de «El Cerro de San Cristóbal», en Valladolid, de una industria dedicada a la recuperación de chatarra.
«Cipriano Mongil e Hijos, S. A.», deberá cumplir en todos su términos las condiciones que establece la correspondiente resolución de este Ministerio de fecha 22 de mayo de 1979.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 25 de octubre de 1979.‒P. D., el Subsecretario, José Enrique Garcia-Roméu Fleta.
Ilmo. Sr. Subsecretario de este Ministerio.
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