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Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 507.833, seguido por la Sala Quinta del Tribunal Supremo, promovido por doña María Victoria Martínez Ortega contra la Administración, representada y defendida por el señor Abogado del Estado, contra el Decreto 131/1976, de 9 de enero, ha dictado sentencia la mencionada Sala, con fecha 23 de mayo de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, sin pronunciamiento especial en orden a las costas, estimamos los motivos de inadmisión propuestos por el señor Abogado del Estado en cuanto a este recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Victoria Martínez Ortega contra el Decreto ciento treinta y uno/mil novecientos setenta y seis, de nueve de enero.
Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado” e insertará en la “Colección Legislativa”, definitivamente juzgando lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Juan Victoriano Barquero, Alfonso Algara, Víctor Servan, Angel Flacón, Miguel de Páramo (rubricados).
Publicación: Leída y publicada fue la anterior sentencia por el excelentísimo señor Magistrado Ponente de la misma don Alfonso Algara Saiz, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública la Sala Quinta del Tribunal Supremo, de lo que certifico, María del Pilar Heredero (rubricado).»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 22 de octubre de 1979.–P. D., el Director general de Presupuestos, Angel Marrón Gómez.
Ilmo. Sr. Director general de Presupuestos.
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