Edukia ez dago euskaraz
Visto el expediente de indulto de Isabel Albo Martín, condenada por la Audiencia Provincial de Ciudad Real, en sentencia de cinco de noviembre de mil novecientos setenta y seis, como autora de cuatro delitos de aborto, a una pena de once años de prisión mayor y cincuenta mil pesetas de multa y tres penas de cinco años de prisión menor y veinticinco mil pesetas de multa, y asimismo a siete años de inhabilitación especial por cada uno de dichos cuatro delitos, y teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en los hechos;
Vistos la Ley de dieciocho de junio de mil ochocientos setenta, reguladora de la gracia de indulto, y el Decreto de veintidós de abril de mil novecientos treinta y ocho;
De acuerdo con el parecer del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinte de julio de mil novecientos setenta y nueve,
Vengo en indultar a Isabel Albo Martín del resto de la peña privativa de libertad que le queda por cumplir y que le fue impuesta en la expresada sentencia, dejando subsistentes los restantes pronunciamientos contenidos en la misma.
Dado en Madrid a veinte de julio de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
IÑIGO CAVERO LATAILLADE
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril