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Documento BOE-A-1979-2403

Orden de 24 de noviembre de 1978 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo número 504.387.

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 25 de enero de 1979, páginas 1951 a 1952 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-2403

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo, seguido ante el Tribunal Supremo, Sala Quinta, con el número 504.387, interpuesto por doña María Dolores Jiménez Frutos y su esposo don Manuel Nieto García, contra resolución de 31 de enero de 1973, sobre justiprecio de varias parcelas del área de actuación de «Tres Cantos», de Colmenar Viejo, se ha dictado sentencia con fecha 14 de junio de 1978, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo entablado por don Manuel Nieto García y su esposa doña María Dolores Jiménez Frutos, como propietarios de las parcelas 40, 133, 134, 135, 136, 137 y 139 del área de actuación «Tres Cantos», contra la Orden del Ministerio de la Vivienda de 29 de noviembre de 1971 y la resolución del propio Ministerio de 31 de enero de 1973 que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la misma, en cuanto son contrarios a derecho al establecer el justiprecio de las indicadas parcelas, y en su lugar declaramos que dichos justiprecios deben sustituirse por los que resulten de obtener el valor expectante de los terrenos, manteniendo inalterables los factores tenidos en cuenta en la resolución impugnada a excepción de las expectativas que se considerarán del 90 por 100; la edificabilidad que será de tres metros cúbicos, metro cuadrado y el módulo que se fija en 1.375,52 pesetas metro cúbico, debiendo incrementarse los precios así obtenidos con el 5 por 100 de premio de afección y abonarse el interés legal que proceda, conforme a lo dispuesto en los artículos 56 y 57 de la Ley de Expropiación Forzosa, confirmando en lo demás la resolución recurrida sin hacer expresa imposición de costas.»

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 24 de noviembre de 1978.–P. D., el Subsecretario de Obras Públicas y Urbanismo, Pedro José López Jiménez.

Ilmo. Sr. Director Gerente del Instituto Nacional de Urbanización.

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