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Documento BOE-A-1979-20687

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza el establecimiento de la línea eléctrica a 220 KV. «Llubí-Es Bessons» (salida de la subestación «Llubí» y entrada en la subestación «Es Bessons»), isla de Mallorca.

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 23 de agosto de 1979, páginas 19812 a 19812 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-20687

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio en Baleares, a instancia de «Gas y Electricidad, Sociedad Anónima», con domicilio en Palma de Mallorca, calle Juan Maragal, número 16, solicitando autorización para instalar una línea de transporte de energía eléctrica, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Capítulo III del Decreto 2617/1966 sobre autorización de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939,

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma ha resuelto:

Autorizar a «Gas y Electricidad, S. A.», el establecimiento de una línea de transporte de energía eléctrica a 220 KV. de tensión, que se compondrá de dos tramos. El primero tendrá su origen en la subestación de «Llubí» y final en el apoyo número 95 de la línea Marratxi-Manacor. El segundo tendrá su origen en el apoyo número 129 de la línea Marratxi-Manacor, y final en la subestación de «Es Bessons». La línea será un circuito trifásico, conductores de aluminio «alumoweld» de 546,1 milímetros cuadrados de sección, aisladores de vidrio y apoyos metálicos. La longitud del primer tramo será de 861 metros y la del segundo 2.846 metros. En su recorrido la línea atraviesa los términos municipales de Llubí, Manacor y Petra.

Para protegerla de las sobretensiones de origen atmosférico se dispondrá un cable a tierra de «alumoweld» de 59,56 milímetros cuadrados de sección.

La finalidad de la instalación es la evacuación y distribución de la energía generada en la central «Alcudia II» ‒Es Murterar (Alcudia).

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de tres meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775, de 22 de julio de 1967.

Lo que comunico a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 26 de julio de 1979.‒El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria y Energía de Baleares.

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