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Documento BOE-A-1979-20560

Resolución de la Secretaría de Estado para la Información por la que se dispone se cumpla en sus propios términos el fallo de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo número 20.500

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 22 de agosto de 1979, páginas 19687 a 19687 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1979-20560

TEXTO ORIGINAL

Ilmo Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 20.500, ante la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, entre don Juan López Cuadra, como demandante, y la Administración General del Estado, como demandada, contra acuerdos del Ministerio de Información y Turismo, hoy de Cultura, y Subsecretario del mismo, de fechas 17 de marzo y 6 de agosto de 1977, se ha dictado con fecha 27 de enero de 1979 sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo promovido por don Juan López Cuadra, declaramos no ser conformes al Ordenamiento Jurídico los acuerdos impugnados de diecisiete de marzo y seis de agosto de mil novecientos setenta y siete del Subsecretario de Información y Turismo, hoy Cultura, denegando al recurrente su inscripción en el Registro Oficial de Técnicos de Relaciones Públicas, a nivel de “Directivo” cuyos acuerdos anulamos, y, en su lugar, reconocemos su derecho y ordenamos la inscripción del mismo, con la expresada categoría, en el mencionado Registro; sin hacer especial imposición de las costas del recurso.

Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Información ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos

Madrid, 20 de julio de 1979.–El Secretario de Estado, Josep Meliá Pericás.

Ilmo Sr. Secretario general de la Secretaría de Estado para la Información.

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