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Documento BOE-A-1979-20559

Resolución de la Secretaría de Estado para la Información por la que se dispone se cumpla en sus propios términos el fallo de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo número 305.659.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 22 de agosto de 1979, páginas 19687 a 19687 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1979-20559

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo promovido por don Luis Otero Quintas contra la Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado la sentencia de 21 de marzo de 1979, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que estimando, como estimamos, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don Luis Otero Quintas contra el acuerdo del Consejo de Ministros adoptado en sesión celebrada en 10 de junio de 1977, en alzada, confirmando la resolución pronunciada por el Ministerio de Información y Turismo de fecha 9 de marzo de 1977, debimos anular y anulamos las mismas; todo ello sin hacer especial condena en cuanto a las costas de este recurso.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en la “Colección Legislativa”, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Información ha tenido a bien disponer se cumpla en, sus propios términos la referida sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 20 de julio de 1979.–El Secretario de Estado, Josep Meliá Pericas.

Ilmo Sr. Subsecretario general de la Secretaría de Estado para la Información.

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