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Documento BOE-A-1979-20457

Orden de 9 de julio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo número 402.616.

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 21 de agosto de 1979, páginas 19572 a 19572 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-20457

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo seguido ante el Tribunal Supremo, Sala Cuarta, con el número 402.616, interpuesto por doña Mercedes Martínez de Beúnza contra resolución de 14 de febrero de 1972 se ha dictado sentencia con fecha 15 de diciembre de 1978, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de doña Mercedes Martínez de Beúnza contra resolución del Ministerio de la Vivienda de catorce de febrero de mil novecientos setenta y dos, que en alzada confirmó otra de la Dirección General del Instituto Nacional de la Vivienda de veinte de septiembre de mil novecientos setenta y uno, imponiendo a dicha recurrente multa de dos mil pesetas y obligación de realizar determinadas obras por infracción del régimen legal sobre viviendas oficialmente protegidas, debemos declarar y declaramos válidas y subsistentes las expresadas resoluciones administrativas por ser conformes con el ordenamiento jurídico, y absolvemos a la Administración pública de cuantos pedimentos contiene la demanda; sin hacer especial imposición de costas.»

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 9 de julio de 1979.‒P. D., el Subsecretario de Obras Públicas y Urbanismo, Manuel Pérez Olea.

Ilmo. Sr. Director general de Arquitectura y Vivienda.

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