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Documento BOE-A-1979-20452

Orden de 9 de julio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo número 403.881.

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 21 de agosto de 1979, páginas 19571 a 19571 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-20452

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo seguido ante el Tribunal Supremo, Sala Cuarta, con el número 403.881, interpuesto por «Inmobiliaria Urbis, S. A.», contra resolución de 17 de julio de 1972, se ha dictado sentencia con fecha 6 de noviembre de 1978, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que desestimando el, recurso coontencioso-administrativo interpuesto a nombre de “Inmobiliaria Urbis, S. A.”, contra resolución del Ministerio de la Vivienda de diecisiete de julio de mil novecientos setenta y dos, que en alzada confirmó otra de la Dirección General del Instituto Nacional de la Vivienda de veintiocho de diciembre de mil novecientos setenta y uno, donde se impone a la Sociedad referida multa de quince mil pesetas y obligación de realizar obras por infracción del régimen sobre viviendas de protección oficial, debemos declarar y declaramos válidas y subsistentes las expresadas resoluciones administrativas por ser conformes a derecho, y absolvemos a la Administración Pública de cuantas pretensiones contiene la demanda; sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a costas procesales.»

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Madrid. 9 de julio de 1979.‒P. D., el Subsecretario de Obras Públicas y Urbanismo, Manuel Pérez Olea.

Ilmo. Sr. Director general de Arquitectura y Vivienda.

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