Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-20439

Real Decreto 1988/1979, de 13 de julio, por el que se acepta la donación al Estado por el Ayuntamiento de Getafe (Madrid) de un inmueble de 15.002 metros cuadrados, sito en su término municipal, con destino a la construcción de un Centro de Formación Profesional.

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 21 de agosto de 1979, páginas 19564 a 19565 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-20439

TEXTO ORIGINAL

Por el Ayuntamiento de Getafe (Madrid) ha sido ofrecido al Estado un inmueble de una extensión superficial de quince mil dos metros cuadrados, sito en su término municipal, con destino a la construcción de un Centro de Formación Profesional.

Por el Ministerio de Educación se considera de interés la referida donación.

A propuesta del Ministro de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día trece de julio de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo veinticuatro de la Ley del Patrimonio, se acepta la donación al Estado por el Ayuntamiento de Getafe (Madrid) de un inmueble, sito en el mismo término municipal, calle Teniente Coronel Tella, que linda: Al Norte, con don Víctor Castillo Jiménez, doña Asunción y doña Eulalia Cervera Deleyto y con el Cazerón; al Sur, calle del Ayuntamiento y el Canal de Isabel II; al Este, calle del Teniente Coronel Tella; y Oeste, con el ferrocarril de Madrid-Badajoz.

El inmueble donado se destinará a la construcción de un Centro de Formación Profesional.

Artículo 2.

El inmueble mencionado deberá incorporarse al Inventario General de Bienes del Estado, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación por el Ministerio, de Hacienda al de Educación para los servicios de Centro de Formación Profesional, dependientes de este último Departamento. La finalidad de la donación habrá de cumplirse, de conformidad con lo dispuesto en la vigente legislación de Régimen Local.

Artículo 3.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a trece de julio de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,
JAIME GARCIA AÑOVEROS

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid