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Documento BOE-A-1979-2026

Real Decreto 3227/1978, de 10 de noviembre, por el que se indulta a Antonio Llompart Capella.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 1979, páginas 1679 a 1679 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1979-2026

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de Antonio Llompart Capella, condenado por el Tribunal Provincial de Contrabando de Baleares en sentencia de veintitrés de noviembre de mil novecientos setenta y seis, como autor de una infracción de contrabando de mayor cuantía a la multa de siete millones cuatrocientas noventa y cuatro mil ciento cincuenta y seis pesetas y subsidiariamente, por insolvencia, a cuatro años de prisión, y teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en los hechos:

Vistos la Ley de dieciocho de junio de mil ochocientos setenta, reguladora de la gracia de indulto; el Decreto de veintidós de abril de mil novecientos treinta y ocho y el Decreto de dieciséis de julio de mil novecientos sesenta y cuatro por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contrabando y Defraudación;

De acuerdo con el parecer del Tribunal Sentenciador y de la Dirección General de Aduanas, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día diez de noviembre de mil novecientos setenta y ocho,

Vengo en indultar a Antonio Llompart Capella del resto de la prisión subsidiaria por insolvencia que se encuentra cumpliendo y que le fue impuesta en aquella resolución.

Dado en Madrid a diez de noviembre de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Ministro de Justicia,

LANDELINO LAVILLA ALSINA

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