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Documento BOE-A-1979-1924

Real Decreto 3193/1978, de 15 de diciembre, por el que se acuerda liberar al Ayuntamiento de Alar del Rey (Palencia) de la obligación de dedicar a un fin determinado, previo abono del importe en que han sido tasadas, una parcela de terreno de 7.815 metros cuadrados y dos edificaciones construidas sobre la misma, que le fueron cedidas por Decreto 180/1966, de 30 de enero.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 20 de enero de 1979, páginas 1607 a 1607 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-1924

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Alar del Rey (Palencia) ha solicitado la adquisición de una parcela de terreno de siete mil ochocientos quince metros cuadrados y de dos edificaciones construidas sobre la misma, que le fueron cedidas por Decreto ciento ochenta/mil novecientos sesenta y seis, de treinta de enero, entre otros inmuebles, para ser destinadas a Campo Municipal de Deportes, Mercado Ferial Municipal de Ganados, Plaza Municipal de Abastos, Matadero Municipal y urbanización general de la villa. El referido Ayuntamiento no ha estimado posteriormente conveniente ni necesario construir sobre dicha parcela el Ferial de Ganado al que se pretendía destinar, interesando en la actualidad la adquisición de los inmuebles para poder dedicarlos a otros fines de interés municipal.

Se considera procedente acceder a la petición formulada, liberando al Ayuntamiento de Alar del Rey de la obligación de dedicar a un fin determinado la parcela y edificaciones referidas, con lo que el dominio de las mismas se consolida en beneficio de la Corporación Municipal.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día quince de diciembre de mil novecientos setenta y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se acuerda liberar al Ayuntamiento de Alar del Rey de la obligación de dedicar a un fin determinado, previo pago del importe en que han sido tasadas la parcela de siete mil ochocientos quince metros cuadrados y dos edificaciones construidas sobre la misma, que le fueron cedidas, entre otras fincas, por Decreto ciento ochenta/mil novecientos sesenta y seis, de treinta de enero; lindando dicha parcela con el Ferrocarril Madrid-Santander, el Canal de Castilla y la carretera Alar-Sasamón. En consecuencia se consiente la cancelación en el Registro de la Propiedad de la condición resolutoria que garantizaba el cumplimiento del fin previsto en dicho Decreto.

Artículo 2.

El Ayuntamiento de Alar del Rey deberá ingresar en el Tesoro, en el plazo de quince días, a partir de la notificación por la Delegación de Hacienda de Palencia, la cantidad de novecientas ochenta y seis mil tres pesetas, importe del valor en que han sido tasados los inmuebles, siendo por cuenta del mismo todos los gastos originados en la tramitación del expediente y los que se causen en cumplimiento del presente Real Decreto.

Artículo 3.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites conducentes a la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a quince de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

FRANCISCO FERNANDEZ ORDOÑEZ

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