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Documento BOE-A-1979-19198

Real Decreto 1901/1979, de 22 de junio, por el que se accede a la reversión a doña Francisca García Gallego de un inmueble de 1.800 metros cuadrados, sito en el término municipal de Begijar (Jaén), por haberse desistido del fin para el que había sido donado.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 2 de agosto de 1979, páginas 18201 a 18201 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-19198

TEXTO ORIGINAL

Doña Francisca García Gallego ha solicitado la reversión de un inmueble urbano de mil ochocientos metros cuadrados, sito en la calle Cruz de Piedra, del término municipal de Begíjar (Jaén), que donó al Estado para la construcción de una casa-cuartel para la Guardia Civil, por haberse desistido del fin para el que habla donado.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintidós de junio de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO

Artículo 1.

Se acuerda la reversión a doña Francisca García Gallego del siguiente inmueble:

«Inmueble urbano, sito al sitio de la Cruz de Piedra, del término municipal de Begíjar (Jaén), de mil ochocientos metros cuadrados, que linda: Derecha, Francisca García Gallego; Izquierda, calle nueva apertura; fondo, Francisca García Gallego.»

Inscrito en el Registro de la Propiedad de Baeza, tomo ochocientos cincuenta y dos, libro ciento doce, folio ciento cuarenta y siete, finca número nueve mil veinticinco, inscripción primera.

Artículo 2.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de la reversión, siendo de cuenta del peticionario todos los gastos que se originen como consecuencia de la misma, debiéndose hacer constar en la escritura pública que se otorgue la formal declaración de doña Francisca García Gallego, a quien revierte el bien, de que con la entrega y recepción de éste en la situación de hecho y de derecho en que actualmente se encuentra, considera enteramente satisfechos sus derechos, sin que tenga nada que reclamar al Estado por ningún concepto derivado o relacionado con la donación, conservación y reversión de aquél.

Dado en Madrid a veintidós de junio de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

JAIME GARCIA AÑOVEROS

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