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Documento BOE-A-1979-19121

Orden de 12 de junio de 1979 por la que se aprueba la permuta de bienes (fincas) entre la Fundación «Jesús Obrero», de Vitoria, y la Caja Provincial de Ahorros de Vitoria.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 1979, páginas 18090 a 18091 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-1979-19121

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Visto el meritado expediente, y

Resultando que la Fundación benéfico-docente «Jesús Obrero», de Vitoria, solicita se le autorice la permuta de la finca de su propiedad, denominada «Fernán Gonzalo», sita en Monasterioguren, del Ayuntamiento de Vitoria, ocupa una superficie de 76 hectáreas 40 centiáreas y linda: al Norte, choza de vacas, terrenos comunales que labran el pueblo de Monasterioguren, monté y dehesa de Monosterioguren; Sur, río, con finca resto matriz de la cual se segregó la que se describe, propiedad de doña Crescencia Xérica y don Ignacio Chacón y con monte alto; Este, terrenos de labranza de varios vecinos de Ullivarri de los Olleros, camino vecinal, heredades de vecinos de Ullivarri de los Olleros, r ío y labranza de Ullivarri de los Olleros, y Oeste, parte de monte alto y camino al Ayuntamiento de Vitoria. Declaran que los terrenos de la finca descrita son de secano.

Inscrita en el tomo 470 del Ayuntamiento de Vitoria al folio 208, finca número 36.055, inscripción primera.

2. Finca sita en Monasterioguren, del Ayuntamiento de Vitoria, procedente de la hacienda o posesión titulada «Fernán Gonzalo», denominada «La Tejera», «Las Quemadas», «Sanguijuelas», «Urgasi», «San Juan de las Michas», «Miguela» y «La Precrera». Ocupa una superficie de 90 hectáreas 81 áreas 55 centiáreas, y linda: Norte, de Daniel Fernandez de Añastro y monte Gámiz; Sur, parcela que se segregó y monte y dehesa de Monasterioguren; Este, monte y dehesa de Bolívar, y Oeste, terrenos comunales que labra el pueblo de Monasterioguren, río Recallor y monte y labranza de vecinos del pueblo de Monasterioguren. Declaran que es de secano.

Inscrita en el tomo 470 del Ayuntamiento de Vitoria al folio 209, finca número 35.056, inscripción segunda.

3. Finca sita en Monasterioguren, del Ayuntamiento de Vitoria, procedente de la hacienda o posesión titulada «Fernán Gonzalo», denominada Mortuorio. Ocupa una superficie de 10 hectáreas y linda: Norte, parcela que se segregó de la que se describe y parte con, río; Sur, camino de Bolívar; Este, labranza de vecinos de Ullívarri de los Olleros, y Oeste, monte alto. Declaran que es secano.

Inscrita en el tomo 470 del Ayuntamiento de Vitoria al folio 210, finca número 36 057, inscripción segunda.

Valoradas las tres fincas, en conjunto, en un millón quinientas cuarenta y tres mil dos pesetas con ochenta céntimos.

Dicha permuta se entiende es a realizar con las fincas números 8 y 9, ubicada en el término de Padeburgo-Durana, Ayuntamiento de Arrazua Ubaniundía, siendo la finca número 8 de una extensión de 8.230 metros cuadrados, y la número 9 de 5.661 metros cuadrados, habiendo sido adquiridad –según escritura otorgada ante el Notario de Vitoria don Eduardo Arana y Abréu– por la Caja Provincial de Ahorros de Alava a don Basilio Fernández de Larrea y Alvarez de Arcaya y don Gerardo Fernández de Landa y Ferrnández de Quincoces. Están emplazadas dichas dos fincas en la zona de reserva urbana, próximas a Escalmendi, y, asimismo, con el 21,50 por 100 de participación en el edificio de Centro Experimental Gráfico de Vitoria, todo ello propiedad de la Caja Provincial de Ahorros de Alava;

Resultando que, por acuerdo del Protectorado de 15 de enero próximo pasado, quedó en suspenso la tramitación del expediente de permuta a fin de que se diera cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 29 del Reglamento de 21 de julio de 1972, que se valorasen las fincas objeto de la' permuta, así como el 25,50 por 100 de participación en el edificio del Centro Experimental; que se redactara un proyecto de contrato y que emitiera la Delegación Provincial su preceptivo informe, todo lo que cumplimentó el Patronato de la Fundación, aportando tales documentos en la comunicación de la Delegación Provincial de Alava de 21 de marzo anterior, en la que informa favorablemente se autorice la permuta interesada;

Resultando que el expediente de permuta aparece integrado por los documentos siguientes:

1. Certificación del Secretario de la Junta de Gobierno de la’ Fundación, acreditativa del acuerdo adoptado por la misma, por unanimidad y motivadamente, de la necesidad de la permuta.

2. Informes periciales del valor de las fincas y del 25,50 por 100 de participación en el edificio del Centro Experimental.

3. Proyecto de, contrato de permuta.

4. Copia fotográfica de la escritura pública de renuncia modal, cesión gratuita y creación de la Fundación otorgada por la Diócesis de Vitoria, la Caja Provincial de Ahorros de Alava y Diputación Foral de Alava.

5. Datos de inscripciones registradas de las fincas.

6. Informes geológicos de la finca «Fernán Gonzalo», y sobre su valor.

Visto el Reglamento de las Fundaciones Culturales Privadas y Entidades análogas de 21 de julio de 1972 y demás disposiciones complementarias de general aplicación;

Considerando que la permuta interesada es conveniente para cumplir los fines docentes de la Fundación, ya que puede aumentar los espacios a ello destinados, lo que no sería posible con la finca objeto de permuta, enclavada en zona montañosa;

Considerando que el expediente de permuta aparece constituido por los documentos exigidos en el artículo 29 del Reglamento vigente, al aportarse, certificación del acuerdo, estando éste debidamente motivado con las valoraciones necesarias y demás e informado todo ello favorablemente por la Delegación Provincial;

Considerando que, habiéndose fijado de común acuerdo ante la Fundación y la Caja Provincial de Ahorros de Alava, por documento privado que se propone, y cuyo texto no es contrario a lo legislado, siendo susceptible de elevarse a escritura pública en su momento, con las condiciones especiales para la presente que habrán de regir la operación y en lo no previsto lo dispuesto en los artículos 1.558 y siguientes del Código Civil,

Este Ministerio, a propuesta de la Secretaría General del Protectorado sobre las Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas, y con el informe de la Asesoría Jurídica del Departamento, ha resuelto:

Primero.

Autorizar a la Fundación benéfico-docente «Jesús Obrero», de Vitoria (Alava), la permuta de la finca de su propiedad denominada «Fernán Gonzalo», sita en Monasterioguren, por las fincas 8 y 9 ubicadas en el término de Padeburgo-Durana, y el 25,50 por 100 de participación en el edificio Experimental Gráfico de Vitoria, todas ellas reseñadas en el primer resultando de esta Resolución.

Segundo.

Aprobar el expediente e informe de la Delegación Provincial de este Departamento en Alava para la permuta de las referidas fincas, previo otorgamiento de la escritura pública y firma por las partes del contrato privado en borrador remitido, del que se enviará copia autorizada al Protectorado.

Madrid, 12 de junio de 1979.–P. D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

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