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Documento BOE-A-1979-16022

Orden de 29 de junio de 1979 por la que se prorroga la delegación en favor de las Comisiones Provinciales de Urbanismo para la aprobación definitiva de Planes Parciales.

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 5 de julio de 1979, páginas 15327 a 15327 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-16022
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/06/29/(4)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

La Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobada por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, faculta, en el número 2 de su artículo 208, a los órganos urbanísticos para delegar en el inmediato de inferior jerarquía el ejercicio de facultades por un plazo determinado y renovable.

Esta relación jerárquica la establece la citada Ley expresamente entre el Ministro del Departamento y las Comisiones Provinciales de Urbanismo, como lo pone de relieve el artículo 233, al arbitrar el recurso de alzada contra los acuerdos de las Comisiones.

Como medio de agilizar la tramitación de los Planes Parciales, el artículo 1.º del Real Decreto 1374/1977, de 2 de junio, impuso la delegación de que se trata, si bien limitada al plazo de dos años, habiendo procedido a señalar tal delegación la Orden del Ministerio de la Vivienda de 20 de junio de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de julio).

Asumida la competencia urbanística por el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo y atribuida al Ministro la facultad de aprobación del planeamiento de capitales de provincia, poblaciones de más de 50.000 habitantes y el que afecte a varios Municipios (artículo 35, 1, c), de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana!, se muestra conveniente prorrogar la delegación, cuyo plazo está próximo a finalizar.

Para evitar las dudas existentes al respecto, se aclara que los Padrones municipales son el documento oficialmente utilizable para el dato de población, y de otro lado, por evidentes razones de conveniencia, se deja a salvo expresamente la posibilidad de recabar la competencia que se delega, en supuestos especiales.

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con los preceptos citados, ha tenido a bien disponer:

Artículo único.

1. Se prorroga la delegación contenida en la Orden ministerial de 20 de junio de 1977, en favor de las Comisiones Provinciales de Urbanismo, para aprobación definitiva de Planes Parciales en capitales de provincia, ciudades de más de 50.000 habitantes o que afecten a más de un término municipal, siempre que los Planes Parciales supongan un exacto desarrollo de los Planes Generales de Ordenación Urbana o de las normas subsidiarias y complementarias de planeamiento de ámbito municipal.

2. La delegación no se extiende a los Planes Parciales que modifiquen las directrices del planeamiento que desarrollan ni, en ningún caso, a los Planes Especiales, cualquiera que sea su finalidad.

3. Para el dato de la población se tendrá en cuenta la cifra recogida en el Padrón municipal, formado cada cinco años, de conformidad con lo que señala el Real Decreto 30/1977, de 4 de enero.

4. El plazo de la prórroga de delegación será de dos años y los acuerdos adoptados en base a ella agotarán la vía administrativa, por lo que harán constar esta circunstancia.

5. Este Ministerio recabará la competencia que delega, respecto del ámbito de provincias o localidades concretas o respecto de Planes Parciales determinados, cuando las circunstancias así lo aconsejen.

6. La presente Orden ministerial entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 29 de junio de 1979.

SANCHO ROF

Ilmos. Sres. Subsecretario de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, Director general de Acción Territorial y Urbanismo, Presidentes de las Comisiones Provinciales de Urbanismo y Delegados provinciales del Departamento.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 29/06/1979
  • Fecha de publicación: 05/07/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 06/07/1979
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PRORROGA la Delegación, por Orden de 23 de junio de 1981 (Ref. BOE-A-1981-14354).
Referencias anteriores
  • PRORROGA por 2 años la Delegación Contenida en la Orden de 20 de junio de 1977 (Ref. BOE-A-1977-15129).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 1 del Real Decreto 1374/1977, de 2 de junio (Ref. BOE-A-1977-14079).
    • el art. 208.2 del texto refundido de la Ley del Suelo aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril (Ref. BOE-A-1976-11056).
  • CITA Real Decreto 30/1977, de 4 de enero (Ref. BOE-A-1977-1057).
Materias
  • Comisiones provinciales de Urbanismo
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
  • Urbanismo

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