Excmo. e Ilmo. Sres.: Solicitada por don José López Mira, en su calidad de Presidente de la Junta de Gobierno, autorización para la creación y funcionamiento del Centro de Iniciativas Turísticas de Jijona, y considerando cumplidos los requisitos exigidos por la Orden de 8 de febrero de 1975, reguladora de los trámites de la concesión de dichas autorizaciones.
Considerando, asimismo, que son favorables los informes del ilustrísimo señor Delegado de este Ministerio en Alicante y de la Federación Española de Centros de Iniciativas Turísticas, previstos en los artículos 2.º y 3.º de dicha Orden.
Se autoriza la creación y funcionamiento del Centro de Iniciativas Turísticas de Jijona, con la consiguiente inscripción de oficio en el Registro General de los Centros de Iniciativas Turísticas, de conformidad, asimismo, con lo establecido en la Orden mencionada.
Lo que comunico a V. E. y V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 3 de mayo de 1979.
GARCIA DIEZ
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Turismo e Ilmo. Sr. Director general de Promoción del Turismo.
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