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Documento BOE-A-1979-12077

Orden de 4 de abril de 1979 por la que se autoriza el traslado del Centro no estatal de Educación Especial «Institución Médico Pedagógica San Antonio», de Ceuta, a los nuevos locales en carretera Loma Margarita, sin número (barriada Juan Carlos I), y autorizar la ampliación de dos unidades mixtas de Pedagogía Terapéutica.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 8 de mayo de 1979, páginas 10364 a 10364 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1979-12077

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Visto el expediente incoado por el Presidente de la «Institución Médico Pedagógica San Antonio», de Ceuta, por el que solicita cambio de domicilio y ampliación de unidades del Centro no estatal de Educación Especial «Institución Médico Pedagógica San Antonio» (código nuevo número 51000134), de Ceuta, del que es titular la referida Institución;

Resultando que este expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial del Departamento en Ceuta; que se han unido al mismo los documentos exigidos y que la petición ha sido informada favorablemente por la Inspección Técnica de Educación, Oficina Técnica de Construcciones, Jefatura de los Servicios de Sanidad Nacional y la propia Delegación.

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Autorizar el traslado del Centro no estatal de Educación Especial «Institución Médico Pedagógica San Antonio» (código nuevo número 51000134) a los nuevos locales sitos en carretera Loma Margarita, sin número (barriada Juan Carlos I), quedando suprimidas las actividades académicas en su actual ubicación de avenida de Lisboa, chalé «La Flor», de Ceuta.

Segundo.

Autorizar la ampliación de dos unidades mixtas de Pedagogía Terapéutica en el Centro referenciado que, con las tres en funcionamiento, queda constituido con cinco unidades mixtas de Pedagogía Terapéutica y una capacidad de 76 puestos escolares

Tercero.

El cuadro de Profesores, así como los elementos materiales de instalación, didácticos y demás necesarios, deberán ser mantenidos en todo momento dentro de lo que exijan las disposiciones vigentes sobre la materia para asegurar la eficacia de las enseñanzas autorizadas.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 4 de abril de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Miguel Angel Sánchez-Terán Hernández.

Ilmo. Sr. Director general del Instituto Nacional de Educación Especial.

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