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Documento BOE-A-1979-12074

Orden de 2 de abril de 1979 por la que se reconoce, clasifica e inscribe, como Fundación cultural privada de servicio la instituida en Barcelona bajo la denominación de «Can Baró».

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 8 de mayo de 1979, páginas 10362 a 10363 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1979-12074

TEXTO ORIGINAL

limo. Sr.: Visto el meritado expediente, y

Resultando que, por escritura pública de fecha 18 de abril de 1978, autorizada por el Notario de Barcelona don Luis Roca-Sastre Muncunill, se procedió a otorgar la Carta fundacional, comprensiva de los correspondientes Estatutos de la Fundación cultural privada «Can Baró», de aquella capital. Concurrieron al acto como fundadores: el reverendo Padre don Juan Torres Gasset, representante de la Provincia tarraconense de la Compañía de Jesús; la reverenda Madre doña Cristina Murillo Arruga, representante de la Congregación de Religiosas del Sagrado Corazón de Jesús, como Administradora Provincial de España Norte; doña María Teresa Pujol Borotau, en su propio nombre y derecho y en interés de la Asociación cultural Molist, y don Joaquín Sitges Creus, en su propio nombre y derecho y en interés del antiguo Consejo Escolar Primario del Sagrado Corazón de Jesús de la Congregación Mariana de la Purificación y de San Francisco de Borja;

Resultando que el domicilio de la Fundación se establece en Barcelona, plaza de Can Baró, números 1 al 3; siendo su finalidad la organización, funcionamiento, dirección y sostenimiento del Colegio del Sagrado Conrazón (Can Baró), el que impartirá los estudios de Preescolar y Enseñanza General Básica, cualquiera que sea la denominación académica que en un futuro pudiera tener, con arreglo a las normas y técnicas más adecuadas y a la preocupación esencial de transmitir a los alumnos una educación cristiana;

Resultando que, para el establecimiento y funcionamiento del Centro docente, objetivo de la Fundación, se ha dotado a ésta con los siguientes bienes:

Primero.

Por la Compañía de Jesús, con la finca o casa denominada «Casa Baró», sita en Barcelona, en lugar denominado Turó de Ruvira, Paraje de Casa Baró, con fachada a la plaza de Casa Baró, números 1 y 3, inscrita en el Registro de la Propiedad número 5 de Barcelona al tomo 742, folio 6, finca 28.100, inscripción primera que se halla libre de cargas y gravámenes y está valorada en 10.000.000 de pesetas.

Segundo.

Por la Congregación de Religiosas del Sagrado Corazón, con 2.000.000 de pesetas en efectivo metálico.

Tercero.

Por la «Asociación Cultural Molist», con 250.000 pesetas en, efectivo metálico.

Cuarto.

Por la Congregación Mariana de la Purificación, en nombre del extinguido. Consejo Escolar Primario del Sagrado Corazón, con los bienes y derechos que constituyen el Colegio del Sagrado Corazón de la plaza de Can Baró, número 3, valorados en 250 000 pesetas, y además con, la suma de 500.000 pesetas en efectivo metálico.

Constituyéndose con todo ello un capital o dotación fundacional inicial de trece millones de pesetas;

Resultando que en dicha escritura fundacional se establece el primer Patronato de la Fundación, que habrá de estar integrado por nueve miembros, designados: Tres, por la Compañía de Jesús: Don Carlos Riera Montserrat, don Joaquín Sitges Creus y doña María Teresa Pujol Borotau; tres, por la Asociación de Padres del Colegio: Don Feliciano Martínez Martínez, don Ismael Monclús Ortas y don Luis Vivancos Boix, y tres, por la Asamblea de Profesores del Colegio: Doña María Luisa López de Bustamante de los Cobos, doña Amparo Morató. Tomás y don Manuel Ríus Causadías, todos los cuales han aceptado expresamente sus cargos;

Resultando que el expresado expediente ha sido completado además con los siguientes documentos:

a) Certificado de la Caja, de Ahorros y Monte de Piedad de Barcelona, justificativo de haberse depositado a nombre de la Institución la cantidad de 2.750.000 pesetas, importe del metálico que se integra en su patrimonio.

b) Presupuesto ordinario de ingresos y gastos del primer ejercicio.

c) Certificado de la aportación que efectúa a la Fundación la Provincia del Norte de las Religiosas del Sagrado Corazón.

d) Inventario de los bienes muebles que forman el Colegio del Sagrado Corazón.

e) Oficio-informe de la Delegación Provincial del Ministerio de Barcelona, que justifica en cuando al funcionamiento del Colegio: «Que, según consta en sus archivos, fue creado por Orden ministerial de 30 de agosto de 1958 y ampliado a 16 unidades escolares por Orden ministerial de 4 de noviembre de 19XX; siendo la subvención que percibe del Ministerio del 100 por 100 referido a las 16 unidades escolares más una de Dirección.

f) Solicitud que deduce el Presidente del Patronato de la Fundación, interesando su reconocimiento y clasificación;

Vistos, el vigente Reglamento de las Fundaciones Culturales Privadas de 21 de julio de 1972, el artículo 137 de la Ley General de Educación y las demás disposiciones de concordante aplicación;

Considerando que, al dictado de lo prevenido en el artículo 103,4, del Reglamento de las Fundaciones Culturales Privadas de 21 de julio de.1972, es de la competencia del Ministerio de Educación y Ciencia el reconocer, clasificar y disponer la inscripción de las Fundaciones de este carácter, cuya tutela le ha sido atribuida por el artículo 137 de la Ley General de Educación;

Considerando que la Carta fundacional y los Estatutos de la Fundación contenidos en la escritura pública de 18 de abril de 1978, autorizada por el Notario de Barcelona don Luis Roca-Sastre Muncunill, reúnen los requisitos eigidos por el artículo 1.º del citado Reglamento de 21 de julio de 1972 y las especificaciones determinadas en 6 y 7 de su texto, por lo cual es de estimar que la Institución tiene, el carácter de cultural privada, configurada como de servicio, según el artículo 2,4; debiéndose estimar cumplidos los requisitos del artículo 23, dado que el Colegio, objetivo fundamental del funcionamiento de la misma, está legalmente establecido y goza de subvención de este Ministerio, según informe de la Delegación Provincial de Barcelona;

Considerando que, en cuanto al patrimonio o dotación de la Fundación, debe estimarse como suficiente, por cuanto comprende el local o sede física del establecimiento docente, su mobiliario o instalaciones, la subvención del Ministerio, las aportaciones de la Provincia Norte de las Religiosas del Sagrado Corazón y un efectivo metálico de 2.750.000 pesetas, que en conjunto inducen a presumir se ha de obtener la consecución del fin fundacional propuesto,

Este Ministerio, a propuesta de la Secretaría General del Protectorado sobre las Fundaciones culturales privadas y Entidades análogas y previo el informe de la Asesoría jurídica del Departamento, ha resuelto,

Primero.

Reconocer clasificar e inscribir, como Fundación cultural privada de servicio, la instituida en Barcelona, bajo la denominación de «Can Baró», mediante escritura pública de fecha 18 de abril de 1978 autorizada por el Notario de aquella capital don Luis Roca-Sastre Muncunill, la cual comprende la Carta fundacional y los Estatutos, por los que, en armonía con el Reglamento de 21 de julio de 1972, ha de regirse.

Segundo.

Encomendar su representación y gobierno a su primer Patronato, constituido por las siguientes personas que han aceptado expresamente el desempeño de sus cargos:

Presidente: Don Joaquín Sitges Creus.

Vicepresidente Don Ismael Monclús Ortas.

Secretario: Doña Amparo Morató Tomás.

Vocales: Don Carlos Riera Montserrat, doña María Teresa Pujol Borotáu, don Feliciano Martínez Martínez, don 'Luis Vivanco Boix, doña María Luisa de Bustamante de los Cobos y don Manuel Ríus Causadías:

Tercero.

Que el referido Patronato tiene la obligación reglamentaria de realizar la inscripción en el Registro de la Propiedad del inmueble que ha sido donado por la Compañía de Jesús, como sede de la Escuela objeto de la Fundación, sito en la plaza Casa Baró, números 1 y 3, debiendo remitir al Protectorado copia legalizada de la correspondiente inscripción.

Cuarto.

Aprobar el presupuesto ordinario de ingresos y gastos presentado por la Fundación para su primer ejercicio.

Lo que comunico a V. I.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 2 de abril de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Miguel Angel Sánchez-Terán Hernández.

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Departamento.

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