Ilmo. Sr.: Vista la propuesta formulada por la Universidad de Oviedo, en solicitud de ampliación a seis años del plan de estudios de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de Gijón, de conformidad con lo dispuesto en la Orden ministerial de 30 de julio de 1975 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de agosto);
Considerando que se han cumplido las normas dictadas por este Departamento en materia de elaboración de los planes de estudios de los Centros Universitarios, y en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 37.1 de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, oída la Junta Nacional de Universidades,
Este Ministerio ha resuelto:
Se amplía a seis años el plan de estudios de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de Gijón de la Universidad de Oviedo, cuyo plan quedará estructurado conforme figura en el anexo de la presente Orden.
El plan tendrá carácter provisional y experimental.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos consiguientes.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 23 de enero de 1979.–P. D., el Subsecretario, Miguel Angel Sánchez-Terán Hernández.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
Algebra lineal. | 5 |
Cálculo infinitesimal. | 6 |
Física. | 6 |
Química I. | 4 |
Dibujo Técnico. | 4 |
Ampliación de Cálculo. | 4 |
Ecuaciones Diferenciales. | 4 |
Química II. | 5 |
Termodinámica. | 4 |
Técnicas de representación. | 3 |
Mecánica. | 5 |
Estadística teórica y aplicada. | 4 |
Ampliación de Física. | 5 |
Elasticidad y resistencia de materiales. | 5 |
Electrotecnia I. | 5 |
Metalotecnia. | 3 |
Calor y frío industrial. | 3 |
ESPECIALIDAD ELECTRICIDAD
Matemáticas de la especialidad. | 3 |
Electrotecnia II. | 3 |
Máquinas eléctricas. | 5 |
Electrónica general. | 4 |
Mecánica de fluidos. | 4 |
Cinemática y dinámica de las máquinas. | 3 |
Ciencia de los materiales. | 3 |
Teoría e Instituciones económicas. | 4 |
Electrónica industrial. | 4 |
Motores térmicos. | 4 |
Grupo A | |
Cálculo, construcción y ensayo de máquinas eléctricas. | 5 |
Máquinas hidráulicas. | 3 |
Regulación automática. | 5 |
Grupo B | |
Regulación automática I. | 5 |
Computadoras I. | 4 |
Líneas y redes. | 4 |
Administración de Empresas. | 3 |
Organización de la producción. | 4 |
Proyectos. | 3 |
Grupo A | |
Líneas y redes eléctricas. | 5 |
Centrales térmicas e hidráulicas. | 5 |
Tecnología nuclear y Centrales nucleares. | 5 |
Grupo B | |
Regulación automática II. | 5 |
Computadoras II. | 5 |
Electrónica de potencia. | 5 |
ESPECIALIDAD MECANICA
Matemáticas de la especialidad. | 3 |
Electrónica general. | 5 |
Mecánica de fluidos. | 4 |
Cinemática y dinámica de las máquinas. | 5 |
Ciencia de los materiales. | 3 |
Teoría de las estructuras. | 5 |
Teoría e Instituciones económicas. | 4 |
Motores térmicos. | 4 |
Tecnología mecánica I. | 4 |
Máquinas hidráulicas. | 3 |
Grupo A | |
Cálculo, construcción y ensayo de máquina. | 4 |
Regulación automática. | 3 |
Máquinas eléctricas. | 3 |
Grupo B | |
Tecnología de las estructuras. | 4 |
Construcción y Arquitectura industrial. | 3 |
Investigación operativa. | 2 |
Ingeniería ambiental. | 2 |
Administración de Empresas. | 3 |
Organización de la producción. | 3 |
Proyectos. | 3 |
Soldadura. | 3 |
Tecnología frigorífica y Aire acondicionado. | 3 |
Grupo A | |
Tecnología mecánica II. | 5 |
Ferrocarriles y Automóviles. | 5 |
Grupo B | |
Ingeniería Industrial de Complejos Urbanos. | 3 |
Topografía y Fotogrametría. | 3 |
Ejecución de Obras Industriales. | 4 |
Observaciones generales:
Primero. Las horas señaladas comprenden las dedicadas a clases teóricas y prácticas, que se determinarán' de forma que se consiga el mejor aprovechamiento docente y con arreglo a las disponibilidades de la Escuela.
Segundo. Para matricularse de 4.° año los alumnos deberán acreditar su suficiencia en el conocimiento del idioma inglés a nivel de traducción sin diccionario, mediante certificado de los Centros que se determinen o ¿probando el curso que al efecto pueda organizar la propia Escuela.
Tercero. Todo alumno que se matricule en un determinado grupo de asignaturas optativas en 5.° año deberá matricularse en el grupo de asignaturas optativas de la misma denominación en 6 ° año.
Cuarto. Desepués de aprobar todas las materias que figuran en el plan de estudios, los alumnos deberán desarrollar un proyecto fin de carrera.
Quinto. Para obtener el titulo de Ingeniero Industrial y para el acceso a los estudios de Doctorado no se exigirán otros requisitos académicos que la aprobación de la totalidad de todas las asignaturas y el proyecto fin dé carrera.
Sexto. De conformidad con lo dispuesto en el punto 2.º de la Orden ministerial de 30 de julio de 1975, la ampliación de cursos que se establece no comportará en ningún caso aumente del número de asignaturas o de horas lectivas del plan actualmente vigente.
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