Está Vd. en

Documento BOE-A-1978-470

Real Decreto 3373/1977, de 16 de diciembre, por el que se suspende por tres meses la aplicación de los derechos arancelarios a la importación de alcohol etílico rectificado de melazas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 10 de enero de 1978, páginas 460 a 460 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1978-470

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de evitar posibles situaciones de desabastecimiento de alcohol etílico en los próximos meses, es aconsejable facilitar la importación del rectificado de melazas por lo que se estima conveniente suspender totalmente la aplicación de los derechos arancelarios, haciendo uso, a tal efecto, de las facultades conferidas al Gobierno en el artículo sexto, apartado dos, de la vigente Ley Arancelaria.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Comercio y Turismo y previa aprobación del Consejo de Ministros, en su reunión del día dieciséis de diciembre de mil novecientos setenta y siete,

DISPONGO:

Artículo único.

A partir de la fecha de publicación de este Real Decreto en el «Boletín Oficial del Estado», se suspende totalmente por tres meses la aplicación de los derechos establecidos a la importación de alcohol etílico de melazas, rectificado, de más de noventa y seis grados en la partida veintidós punto cero ocho A del Arancel de Aduanas.

Dado en Madrid a dieciséis de diciembre de mil novecientos setenta y siete.

JUAN CARLOS

El Ministro de Comercio y Turismo,

JUAN ANTONIO GARCIA DIEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 16/12/1977
  • Fecha de publicación: 10/01/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 10/01/1978
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PRORROGA:
    • la Suspensión, por Real Decreto 2486/1978, de 14 de octubre (Ref. BOE-A-1978-26584).
    • la Suspensión, por Real Decreto 1795/1978, de 29 de junio (Ref. BOE-A-1978-19449).
    • suspensión ACORDADA, por Real Decreto 1044/1978, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1978-13324).
  • SE CORRIGEN errores, por Real Decreto 226/1978, de 27 de enero (Ref. BOE-A-1978-5592).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
Materias
  • Alcoholes
  • Importaciones
  • Melazas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid