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Documento BOE-A-1978-23736

Real Decreto 2163/1978, de 26 de julio, por el que se modifica la partida arancelaria 21.07 (Preparados alimenticios no expresados ni comprendidos en otras partidas).

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 221, de 15 de septiembre de 1978, páginas 21615 a 21615 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1978-23736

TEXTO ORIGINAL

El Decreto novecientos noventa y nueve/mil novecientos sesenta, de treinta de mayo, del Ministerio de Comercio, autoriza en su artículo segundo a los Organismos, Entidades y personas interesadas para formular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo octavo de la Ley Arancelaria, las reclamaciones o peticiones que consideren conveniente en relación con el Arancel de Aduanas

Como consecuencia de peticiones formuladas al amparo de dicha disposición y que han sido reglamentariamente tramitadas por la Dirección General de Política Arancelaria e Importación, se ha estimado conveniente modificar la subdivisión actual de la partida arancelaria veintiuno punto cero siete.

En su virtud, y en uso de la autorización conferida en el artículo sexto, número cuatro, de la mencionada Ley Arancelaria de uno de mayo de mil novecientos sesenta, a propuesta del Ministro de Comercio y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiséis de Julio de mil novecientos setenta y ocho,

DISPONGO:

Articulo 1.

Queda modificado el vigente Arancel de Aduanas en la forma que figura a continuación:

Partida arancelaria: 21.07-D. Artículo: Proteínas texturizadas. Derechos arancelarios: Uno por ciento.

Las actuales subpartidas «D», «E» y «F. pasan a ser, raspectivamente, «E», «F» y «G».

Artículo 2.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Palma de Mallorca a veintiséis de julio de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Ministro de Comercio y Turismo,

JUAN ANTONIO GARCIA DIEZ

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 26/07/1978
  • Fecha de publicación: 15/09/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 15/09/1978
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.4 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
Materias
  • Alimentación
  • Arancel de Aduanas

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