Padecido error en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 128, de fecha 27 de mayo de 1978, se transcribe a continuación la oportuna rectificación.
En la página 12325, donde dice: «Artículo 1.º El Instituto Español de Emigración podrá convocar actualmente becas», debe decir: «Artículo 1.º El Instituto Español de Emigración podrá convocar anualmente becas».
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