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Padecido error en la inserción del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 113, de fecha 12 de mayo de 1977, páginas 10438 y 10439, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el artículo cuarto, última línea, donde dice: «... oportunamente concratados y justificados», debe decir: «... oportunamente concretados y justificados».
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