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llustrísimo señor:
La elevación de los costos de explotación de los servicios públicos discrecionales de transporte de mercancías por carretera contratados por camión completo ha producido un desequilibrio económico en la explotación de estos servicios, poniendo en peligro su eficaz prestación, lo que aconseja revisar las tarifas vigentes en tales servicios, a fin de actualizarlas.
En su virtud, de conformidad con el informe favorable de la Junta Superior de Precios y previa aprobación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de junio de 1977,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Quedan elevadas en un 12,30 por 100 las tarifas vigentes en los servicios públicos discrecionales de transporte de mercancías por carretera contratados por camión completo.
Por la Dirección General de Transportes Terrestres se dictarán las instrucciones que, en su caso, resulten precisas para la ejecución y desarrollo de la presente Orden, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 27 de junio de 1977.
ORTIZ GONZALEZ
Ilmo. Sr. Director general de Transportes Terrestres.
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