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Documento BOE-A-1976-9539

Orden de 30 de abril de 1976 por la que se modifican los artículos 26, 32 y 36 de la Reglamentación Nacional de Trabajo en la Industria Elaboradora del Arroz de 29 de agosto de 1950, en su vigente texto.

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 12 de mayo de 1976, páginas 9181 a 9182 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1976-9539

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

Vista la propuesta formulada por la Dirección General de Trabajo, previa petición del Sindicato Nacional de Cereales, y oídas las representaciones nacionales de la Unión de Trabajadores y Técnicos y la Agrupación de Industriales Elaboradores de Arroz de dicho Sindicato Nacional,

Este Ministerio, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley de 16 de octubre de 1942, tiene a bien disponer:

Primero.

Se aprueba la nueva redacción del artículo 26 de la Reglamentación Nacional de Trabajo en la Industria Elaboradora del Arroz de 29 de agosto de 1950, en la forma que expresa el anexo de esta Orden.

Segundo.

Los trabajadores acogidos a esta Reglamentación percibirán tres gratificaciones extraordinarias, equivalentes a treinta días de salario cada una de ellas, que se abonarán en 1.° de mayo, 18 de julio y Navidad, y disfrutarán de treinta días naturales de vacaciones anuales retribuidas, teniendo como base para su abono el promedio de lo devengado en el trimestre anterior al disfrute de las mismas.

Tercero.

Las mejoras contenidas en la presente Orden se compensarán con cualesquiera otras que con carácter voluntario hayan concedido las Empresas a su personal, superando el nivel salarial establecido por la Orden de 1 de julio de 1975 y el Decreto 619/1976, de 18 de marzo.

Cuarto.

Se faculta a la Dirección General de Trabajo para dictar en el ámbito de su competencia cuantas resoluciones exija la interpretación y aplicación de esta Orden.

Quinto.

La presente Orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y entrará en vigor al día siguiente de tal publicación, si bien surtirá efectos económicos desde el día 1 de abril último.

Lo que digo a W. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a W. II.

Madrid, 30 de abril de 1976.

SOLIS

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Trabajo.

ANEXO
Nueva redacción del artículo 26 de la Reglamentación Nacional de Trabajo en la Industria Elaboradora del Arroz de 26 de agosto de 1950
Artículo 26.

El personal comprendido en esta Reglamentación percibirá las siguientes retribuciones:

1. Los salarios base que se consignan en la tabla salarial que figura a continuación:

Categorías profesionales

Salario base

Pesetas
  Mensual
Personal administrativo  
Jefe de sección administrativa. 12.838
Oficial administrativo de primera. 11.542
Oficial administrativo de segunda. 11.175
Auxiliar administrativo o Mecanógrafo. 10.500
Aspirantes de catorce y quince años. 5.854
Aspirantes de dieciséis y diecisiete años. 7.170
Aspirantes de dieciocho años en adelante. 10.350
Personal subalterno.  
Ordenanza, Portero, Vigilante o Sereno. 10.350
Botones de catorce y quince años. 5.854
Botones de dieciséis y diecisiete años. 7.170
  Diario
Personal obrero  
Molero. 384
Maquinista y Mecánico Conductor. 388
Ayudante de Molero. 358
Auxiliar especializado. 356
Encargado o Encargada de, empaquetado. 356
Pesador de lonja. 358
Carretero. 358
Empaquetador y Cosedor. 345
Peón. 345
Mujer de limpieza. 345

2. Como complemento salarial, un plus de asistencia de 150 pesetas por día efectivamente trabajado, sin que repercuta a efectos de antigüedad, horas extraordinarias, gratificaciones reglamentarias, domingos y días festivos.

3. Las mujeres de limpieza que no trabajen la jornada completa percibirán por cada hora trabajada la parte proporcional del salario mínimo interprofesional y la correspondiente al plus de asistencia.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/04/1976
  • Fecha de publicación: 12/05/1976
  • Fecha de entrada en vigor: 13/05/1976
  • Efectos económicos desde el 1 de abril de 1976.
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 26, 32 y 36 de la Reglamentación Nacional de Trabajo en la Industria Elaboradora del Arroz, aprobada por Orden de 26 de agosto de 1950 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1950-10146).
  • DE CONFORMIDAD con la Ley de reglamentaciones de trabajo de 16 de octubre de 1942 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1942-9522).
  • CITA:
Materias
  • Cereales
  • Industrias
  • Reglamentaciones Nacionales de Trabajo

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