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Documento BOE-A-1976-6666

Orden de 26 de marzo de 1976 por la que se modifican los artículos 24, 31 y 39 de la Reglamentación Nacional de Trabajo en la Industria de la Panadería de 12 de julio de 1946, en su vigente texto.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 30 de marzo de 1976, páginas 6374 a 6375 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1976-6666

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

Vista la propuesta formulada por la Dirección General de Trabajo, previa petición del Sindicato Nacional de Cereales, y oídas las representaciones nacionales de las uniones de empresarios y trabajadores y técnicos de dicho Sindicato Nacional,

Este Ministerio, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley de 16 de octubre de 1942, ha tenido a bien disponer:

Primero.

Se aprueba la nueva tabla salarial del artículo 24 de la Reglamentación Nacional de Trabajo de la Industria de la Panadería de 12 de julio de 1946, en la forma que se expresa en el anexo a la presente Orden.

Segundo.

El plus de asistencia de 40 pesetas por día trabajado y el complemento salarial de calidad o cantidad de trabajo de 50 pesetas por día natural, quedan absorbidos en los salarios de la tabla salarial que se aprueba por la presente Orden.

Tercero.

Los trabajadores acogidos a esta Reglamentación percibirán tres gratificaciones extraordinarias, equivalente a treinta días de salario, que se abonarán en la festividad de San Honorato, en la de 18 de Julio y en Navidad, y disfrutarán de treinta días naturales de vacaciones anuales retribuidas, quedando modificados en el sentido expuesto los artículos 31 y 39 de la Reglamentación en su vigente texto.

Cuarto.

Se faculta a la Dirección General de Trabajo para dictar, en el ámbito de su competencia, cuántas resoluciones exija la interpretación y aplicación de esta Orden.

Quinto.

La presente Orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y entrará en vigor al siguiente día de tal publicación, si bien surtirá efectos económicos desde el día 1 de abril del presente año.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efecto.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 26 de marzo de 1976.

SOLIS

Ilmos. Sres. Subsecretario de este Departamento y Director general de Trabajo.

ANEXO

Nueva redacción del artículo 24 de la Reglamentación Nacional de Trabajo en la Industria de la Panadería de 12 de julio de 1946.

Artículo 24.

Las retribuciones del personal encuadrado en la presente Reglamentación serán las siguientes:

1. Los salarios base que para cada categoría se consignan:

Categorías profesionales Pesetas
Técnicos Mensual
Jefe de fabricación. 16.187
Jefe de Taller Mecánico. 15.822
Administrativos.  
Jefe de Oficina y Contabilidad. 16.187
Oficial Administrativo. 14.449,50
Auxiliar de Oficina. 13.304
Obreros Diario
En panaderías totalmente mecanizadas:  
Ayudante de Encargado. 449
Amasador. 445
Ayudante Amasador. 446
Especialista, Fogonero, Gasista, Encendedor y Oficial. 446
Mecánico de primera. 452
Mecánico de segunda. 446
Mecánico de tercera. 443
Peón. 433
En las restantes panaderías:  
Maestro Encargado. 473
Oficial de Pala. 473
Oficial de Masa. 453
Oficial de Mesa. 445
Ayudante. 433
Aprendiz de primer año. 310
Aprendiz de segundo año. 341
De servicios complementarios.  
Mayordomo. 449
Chófer. 473
Vendedor en establecimiento. 423
Transportador de pan a despacho. 449
Repartidor a domicilio. 423
  Hora
Mujeres de limpieza. 58

2. En los salarios de la tabla anexa quedan absorbidos el plus de asistencia de 40 pesetas por día trabajado y el complemento de calidad y cantidad de 50 pesetas diarias, en sus términos vigentes, fijados por la Orden ministerial de 8 de julio de 1975.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/03/1976
  • Fecha de publicación: 30/03/1976
  • Fecha de entrada en vigor: 31/03/1976
  • Efectos económicos desde el 1 de abril de 1976.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 93, de 17 de abril de 1976 (Ref. BOE-A-1976-8176).
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 24, 31 y 39 de la Reglamentación aprobada por Orden de 12 de julio de 1946 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1946-7821).
  • DE CONFORMIDAD con la Ley de reglamentaciones de trabajo de 16 de octubre de 1942 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1942-9522).
  • CITA Orden de 8 de julio de 1975 (Ref. BOE-A-1975-15655).
Materias
  • Industrias
  • Panaderías
  • Reglamentaciones Nacionales de Trabajo

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