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Documento BOE-A-1976-2928

Decreto 150/1976, de 6 de febrero, por el que se convocan elecciones parciales para la designación de Procuradores en Cortes representantes de las Diputaciones Provinciales de Albacete, Avila, Castellón, Cuenca, Granada, Jaén, Madrid, Málaga, Murcia, Orense, Oviedo, Valladolid y Zamora, de los Municipios de las capitales de Barcelona y Zaragoza y de los Municipios de las provincias de Alicante, Almería, Baleares, Castellón, La Coruña, Granada, Jaén, Lugo, Navarra, Santander y Valladolid.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 1976, páginas 2632 a 2632 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Gobernación
Referencia:
BOE-A-1976-2928

TEXTO ORIGINAL

Vacantes las representaciones en Cortes de las Diputaciones Provinciales de Albacete, Avila, Castellón, Cuenca, Granada, Jaén, Madrid, Málaga, Murcia, Orense, Oviedo, Valladolid y Zamora, de los Municipios de las capitales de Barcelona y Zaragoza y de los Municipios de las provincias de Alicante, Almería, Baleares, Castellón, La Coruña, Granada, Jaén, Lugo, Navarra, Santander y Valladolid, de conformidad con lo prevenido en la disposición final primera del Decreto número mil cuatrocientos ochenta y cinco/mil novecientos sesenta y siete, de quince de junio, procede convocar elecciones parciales para designar Procuradores en Cortes representantes de las citadas Corporaciones Locales.

En su virtud, a propuesta del Ministro de la Gobernación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día seis de febrero de mil novecientos setenta y seis,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se convocan elecciones parciales para designar Procuradores en Cortes representantes de las Diputaciones Provinciales de Albacete, Avila, Castellón, Cuenca, Granada, Jaén, Madrid, Málaga, Murcia, Orense, Oviedo, Valladolid y Zamora, de los Municipios de las capitales de Barcelona y Zaragoza y de los Municipios de las provincias de Alicante, Almería, Baleares, Castellón, La Coruña, Granada, Jaén, Lugo, Navarra, Santander y Valladolid.

Artículo 2.

Estas elecciones se desarrollarán conforme a las normas del Decreto mil cuatrocientos ochenta y cinco/mil novecientos sesenta y siete, de quince de junio, y disposiciones complementarias. Los plazos en ellas señalados se contarán siempre por días naturales.

Artículo 3.

Las elecciones parciales a que se refiere el artículo anterior tendrán lugar el día veintidós del corriente mes de febrero.

Artículo 4.

Se autoriza al Ministro de la Gobernación para dictar las disposiciones que estime necesarias y conducentes a la aplicación de este Decreto.

Así lo dispongo per el presente Decreto, dado en Madrid a seis de febrero de mil novecientos, setenta y seis.

JUAN CARLOS

El Ministro de la Gobernación,

MANUEL FRAGA IRIBARNE

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 06/02/1976
  • Fecha de publicación: 07/02/1976
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final primera del Decreto 1485/1967, de 15 de junio (Ref. BOE-A-1967-11634).
Materias
  • Administración Local
  • Diputaciones Provinciales
  • Elecciones
  • Municipios
  • Procuradores en Cortes

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