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Documento BOE-A-1976-2787

Orden de 19 de enero de 1976 por la que se regula la composición de la Junta de Construcciones de Correos y Telecomunicación.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 1976, páginas 2478 a 2478 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Gobernación
Referencia:
BOE-A-1976-2787

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: El Decreto 980/1974, de 5 de abril, y la Orden de 26 de septiembre del mismo año, que lo desarrolla, reorganizaron la estructura del Ministerio de la Gobernación y, dentro de él, la Dirección General de Correos y Telecomunicación, para adecuarla a la complejidad y variedad creciente de sus actividades, creándose en dicho Centro Directivo varias unidades administrativas y modificadas otras a nivel orgánico de Subdirección General, Servicio y Sección, lo que obliga a variar la composición actual de la Junta de Construcciones de Correos y Telecomunicación, creada por Orden de 18 de marzo de 1941.

En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades que le están conferidas, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo 1.

La Junta de Construcciones dé Correos y Telecomunicación quedará constituida en la siguiente forma:

Presidente: Director general de Correos y Telecomunicación.

Vicepresidente: Secretario general de Correos y Telecomunicación.

Vocales: El Abogado del Estado y el Interventor Delegado de Hacienda en la Dirección General de Correos y Telecomunicación; los Subdirectores generales de Correos, de Telecomunicación de Servicios Técnicos de Telecomunicación y de Administración Económica; los Inspectores generales de Correos y de leí comunicación, y los Jefes de las Secciones de Edificios y Locales y de Arquitectura.

Secretario: Un Jefe de Negociado de la Sección de Edificios y Locales, libremente designado por el Director general, Presidente de la Junta.

Artículo 2.

El Presidente podrá disponer la asistencia a las sesiones de la Junta, como asesores circunstanciales, de aquellas personas al servicio de la Dirección General especialmente capacitadas en las materias o asuntos a tratar.

Artículo 3.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Artículo 4.

Quedan derogadas las Ordenes ministeriales de 18 de marzo de 1941, de lo de abril de 1943, de 19 de junio de 1945 y de 16 de abril de 1970, en cuanto se opongan a la presente.

Lo que comunico a V. I.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 19 de enero de 1076.

FRAGA IRIBARNE

Ilmo. Sr. Director general de Correos y Telecomunicación.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/01/1976
  • Fecha de publicación: 05/02/1976
  • Fecha de entrada en vigor: 06/02/1976
  • Fecha de derogación: 14/09/1980
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DEROGA:
    • en cuanto se oponga Orden de 16 de abril de 1970.
    • en cuanto se oponga Orden de 19 de junio de 1945 (Gazeta).
    • en cuanto se oponga Orden de 18 de marzo de 1941 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1945-5819).
    • en cuanto se oponga Orden de 10 de abril de 1943 (Gazeta).
  • CITA:
Materias
  • Correos y Telecomunicaciones
  • Dirección General de Correos y Telecomunicación
  • Ministerio de la Gobernación

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