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Documento BOE-A-1976-20952

Orden de 3 de septiembre de 1976 por la que se declara obligatoria la utilización de modelos oficiales de impresos en los Centros de Bachillerato.

[Disposición anulada]

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 23 de octubre de 1976, páginas 20864 a 20864 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1976-20952

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Promulgados la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, el Decreto 160/1975, de 23 de enero, por el que se aprueba el Plan de Estudios del Bachillerato y otras disposiciones complementarias, y teniendo en cuenta lo establecido en las Ordenes ministeriales de 14 de mayo de 1945, de 6 de octubre de 1954 y de 1 de abril de 1960, de conformidad con la propuesta conjunta del Consejo Nacional de Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y Ciencias, y de la Mutualidad de Catedráticos Numerarios de Institutos Nacionales de Enseñanza Media,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

Se declara obligatoria la utilización de impresos oficiales de solicitud de matrícula de solicitud de expedición del título de Bachiller, de actas de calificación y de certificaciones en los Centros de Bachillerato.

Segundo

Los impresos de solicitud de matrícula en toda clase de Centros, los de solicitud de expedición del título de Bachiller y los de actas de calificación en los Centros homologados serán confeccionados y distribuidos por los Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias.

Los impresos de actas de calificación final que se usen en los Centros estatales para sus propios alumnos y para los alumnos de los Centros habilitados y libres adscritos serán confeccionados y distribuidos por la Mutualidad de Catedráticos de Institutos Naciona.es de Enseñanza Media.

Tercero.

Se faculta a la Dirección General de Enseñanzas Medias para aprobar los distintos modelos de impresos y dictar las normas oportunas para la aplicación de lo dispuesto en la presente Orden.

Cuarto.

Los nuevos modelos que se aprueben serán de utilización obligatoria a partir del año académico 1977/78.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid. 3 de septiembre de 1976.–P. D., el Subsecretario, Sebastián Martín Retortillo.

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 03/09/1976
  • Fecha de publicación: 23/10/1976
  • Efectos De la Utilización Obligatoria desde el Curso 1977-78.
  • Fecha de anulación: 04/05/1979
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DISPONE el cumplimiento de la Sentencia del TS de 13 de octubre de 1978, por la que se declara la nulidad, por Orden de 27 de febrero de 1979 (Ref. BOE-A-1979-11693).
Referencias anteriores
Materias
  • Bachillerato
  • Centros de enseñanza
  • Títulos académicos y profesionales

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