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Documento BOE-A-1976-16592

Real Decreto 2004/1976, de 16 de julio, por el que se modifica el derecho arancelario de determinados productos siderúrgicos de las P. A. 73.09-B, 73.11-A-1-d, 73.11-R, 73.12-A-1, 73.13-A-1, 73.13-B, 73.15-A, 73-15-B-3, 73.15-E-4-a, 73.15-E-4-b, 73.15-E-7-a-I-a y 73.15-E-8-a-I-a.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 209, de 31 de agosto de 1976, páginas 16995 a 16996 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1976-16592

TEXTO ORIGINAL

El Decreto novecientos noventa y nueve/mil novecientos sesenta, del Ministerio de Comercio, de treinta de mayo, autoriza en su artículo segundo a los Organismos, Entidades y personas interesadas para formular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo octavo de la Ley Arancelaria, las reclamaciones o peticiones que consideren convenientes en relación con el Arancel de Aduanas.

Como consecuencia de peticiones formuladas al amparo de dicha disposición, y que han sido reglamentariamente tramitadas por la Dirección General de Política Arancelaria e Importación, se ha estimado conveniente modificar el derecho arancelario de las partidas arancelarias 73.09-B, 73.11-A-1-d, 73.11-B, 73.12-A-1, 73.13-A-1, 73.13-B, 73.15-A, 73.15-B-3, 73.15-E-4-a, 73.15-E-4-b, 73.15-E-7-a-I-a y 73.15-E-8-a-I-a.

En su virtud, y en uso de la autorización conferida en el artículo sexto, número cuatro, de la mencionada Ley Arancelaria de uno de mayo de mil novecientos sesenta, a propuesta del Ministro de Comercio y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día dieciséis de julio de mil novecientos setenta y seis,

DISPONGO:

Artículo 1.

Queda modificado el vigente Arancel de Aduanas en la forma que figura a continuación:

Imagen: /datos/imagenes/disp/1976/209/16592_7850867_image1.png

Artículo 2.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a dieciséis de Julio de mil novecientos setenta y seis.

JUAN CARLOS

El Ministro de Comercio,

JOSE LLADO FERNANDEZ-URRUTIA

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 16/07/1976
  • Fecha de publicación: 31/08/1976
  • Fecha de entrada en vigor: 31/08/1976
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
Materias
  • Arancel de Aduanas
  • Siderurgia

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