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Documento BOE-A-1976-11814

Orden de 18 de mayo de 1976 por la que se constituye la Comisión Asesora de la Dirección General de Enseñanzas Medias.

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 22 de junio de 1976, páginas 12110 a 12111 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1976-11814

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

Al haberse modificado parcialmente la organización del Ministerio de Educación y Ciencia por el Decreto 671/1975, de 2 de abril, y atribuida a la Dirección General de Enseñanzas Medias la competencia genérica de ordenación de los niveles educativos de Bachillerato y Formación Profesional –en lo que se refiere a Centros tanto estatales como no estatales–, profesorado –elaboración de directrices de programas de formación, selección y perfeccionamiento–, ordenación académica de las enseñanzas correspondientes y escolarización, se hace preciso adaptar al ámbito de competencias específico de la Dirección General de Enseñanzas Medias la Comisión Asesora que fue establecida para la extinguida Dirección General de Ordenación Educativa, por Orden ministerial de 6 de noviembre de 1974 («Boletín Oficial del Estado» del día 9).

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

Bajo la Presidencia del Director general de Enseñanzas Medias, se constituye la Comisión Asesora de Enseñanzas Medias.

Segundo.

La Comisión Asesora estará integrada por los siguientes miembros:

– El Subdirector general de Ordenación Académica de la Dirección General de Enseñanzas Medias.

– El Subdirector general de Ordenación del Profesorado.

– El Subdirector general de Centros de la Dirección General de Enseñanzas Medias.

– El Subdirector general de Educación en el Exterior de la Secretaría General Técnica.

– El Subdirector general de Planificación y Programación de la Dirección General de Programación e Inversiones,

– El Subdirector general de Ordenación Educativa.

– El Subdirector general de Ordenación Académica de la Dirección General de Universidades.

– El Subdirector general de Programación de Personal.

– El Inspector general de Enseñanza Media.

– El Inspector general de Enseñanza Primaria.

– El Coordinador general de Formación Profesional.

– Los Directores de los Departamentos de Prospección Educativa y de Perfeccionamiento del Profesorado del INCIE.

– Tres representantes de la Secretaría General del Movimiento.

– Un representante de la Comisión Episcopal de Enseñanza.

– Tres representantes del Sindicato Nacional de Enseñanza

– Un representante de la F. E. R. E.

– Los representantes de la Unión Nacional de- Asociaciones Familiares.

– Un representante de cada una de las siguientes Asociaciones Nacionales de:

• Catedráticos de Institutos Nacionales de Enseñanza Media.

• Profesores Agregados de Institutos Nacionales de Enseñanza Media.

• Catedráticos de Institutos Técnicos de Enseñanza Media.

• Maestros de Taller de Institutos Técnicos de Enseñanza Media.

• Profesores Especiales de Institutos Técnicos de Enseñanza Media.

• Profesores Numerarios de Centros Oficiales de Formación Profesional.

• Maestros de Taller Numerarios de Centros Oficiales de Formación Profesional.

• Adjuntos y Adjuntos de Taller de Centros Oficiales de Formación Profesional.

– Tres Directores de Institutos Politécnicos Nacionales.

– El Presidente del Consejo Nacional de Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias.

– Tres Directores de Institutos Nacionales de Bachillerato.

– Dos representantes de la Junta Coordinadora de la Formación Profesional.

– El Secretario general de la Dirección General de Enseñanzas Medias.

Tercero.

La referida Comisión asesorará al Director general en cuantas materias de la competencia de la Dirección General de Enseñanzas Medias le sean sometidas y, en especial, las que se refieren a directrices de actuación de la misma y disposiciones de carácter general.

Cuarto.

Bajo la Presidencia del Director general de Enseñanzas Medias, o del Subdirector en que delegue, podrán constituirse Subcomisiones para el estudio de los temas concretos de los que se requiera asesoramiento.

Quinto.

Dichas Subcomisiones estarán integradas por los miembros de la Comisión que designe el Director general de Enseñanzas Medias, pudiéndose incorporar a las mismas, por razón de su especialidad en el campo concreto de estudio encomendado, aquellas personas que éste designe.

Sexto.

Queda derogada la Orden ministerial de 6 de noviembre de 1974 por la que se constituía la Comisión Asesora de Ordenación Educativa.

Lo digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 18 de mayo dé 1976.–P. D., el Subsecretario, Manuel Olivencia Ruiz.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Enseñanzas Medias.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 18/05/1976
  • Fecha de publicación: 22/06/1976
Referencias anteriores
Materias
  • Dirección General de Enseñanzas Medias
  • Ministerio de Educación y Ciencia

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