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Documento BOE-A-1975-7638

Orden de 2 de abril de 1975 por la que se aprueba la delegación que, en materia económica, hace el Subsecretario del Departamento en el Subdirector general de Servicios de la Dirección General de Sanidad.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 12 de abril de 1975, páginas 7594 a 7594 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Gobernación
Referencia:
BOE-A-1975-7638

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 y 32 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, se aprueba la delegación que, en materia económica, ·hace el Subsecretario de este Departamento a favor del Subdirector general de Servicios de la Dirección General de Sanidad. La delegación que se aprueba dice literalmente:

«En uso de las facultades que me confiere el articulo '22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y el Decreto 1826/1961, de 22 de septiembre, con esta fecha resuelvo delegar en el Subdirector general de Servicios de la Dirección General de Sanidad las atribuciones que, en materia económica, me corresponden según la citada Ley y los Decretos 1667/1960, de 7 de septiembre, y el ya citado 1826/1961, de 22 de septiembre, la delegación se realiza en los siguientes términos:

Primero.

En cuantos asuntos sean de la exclusiva competencia de la· Dirección General de Sanidad y. siempre que la cuantía de los mismos no exceda las 500.000 pesetas, se delega en el Subdirector general de Servicios de la citada Dirección General:

a) La autorización y disposición de los gastos ordinarios y la correspondiente facultad de contratación.

b) La autorización y disposición de todos los gastos incluidos en el Programa de Inversiones Públicas y la correspondiente facultad de contratación.

c) La aprobación de los expedientes de contratación que no sé realicen por subasta y que puedan aprobarse por Orden ministerial.

Segundo.

La presente delegación se realiza sin perjuicio de las competencias que en esta materia ostenta el Director general de Sanidad. En cualquier caso, el Subdirector general de Servicios procederá al ejercicio de las competencias que le son delegadas, bajo la dependencia jerárquica del Director general de Sanidad.

Tercero.

En todos los casos en que. se haga uso de esta delegación, se deberá hacer constar así en la resolución pertinente.

Cuarto.

No obstante estas delegaciones concedidas, deberán someterse a la resolución y firma de mi autoridad, todos los asuntos que se reclamen, cualquiera que sea el estado de tramitación.

Madrid, 2 de abril de 1975.–El Subsecretario, Luis Peralta España.»

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 2 de abril de 1975.

GARCIA HERNANDEZ

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 02/04/1975
  • Fecha de publicación: 12/04/1975
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Decreto 1826/1961, de 22 de septiembre (Ref. BOE-A-1961-18617).
    • Decreto 1667/1960, de 30 de septiembre (Ref. BOE-A-1960-13195).
    • art. 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado de 26 de julio de 1957 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1957-10111).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Sanidad
  • Ministerio de la Gobernación
  • Subsecretaría del Ministerio de la Gobernación

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