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Documento BOE-A-1975-6652

Decreto 678/1975, de 21 de marzo, de creación de la Comisión Nacional Española para la participación de España en los actos del bicentenario de la Independencia de los Estados Unidos.

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 2 de abril de 1975, páginas 6664 a 6665 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1975-6652

TEXTO ORIGINAL

En mil novecientos setenta y seis se cumplen los doscientos años de la Independencia de los Estados Unidos, acontecimiento al que España ha sido invitada oficialmente a participar por el Presidente de aquel país en nombre del pueblo norteamericano.

Dados los vínculos históricos y de amistad que uñen a España y a los Estados Unidos; la decisiva participación española en el descubrimiento, en la formación y en la epopeya de la independencia del país; la trascendencia para los Estados Unidos de los valores culturales de raíz y carácter españoles, así como la importancia de lo hispano en la vida presente y en el futuro norteamericano, que la celebración de este bicentenario brindará la oportunidad de hacer resaltar, todo ello, ha llevado a España no sólo a aceptar esta invitación del pueblo de los Estados Unidos, sino a considerar un gran honor asociarse a los actos conmemorativos que se preparan.

Por otra parte, la profunda amistad y la colaboración, que presiden las relaciones entre España y los Estados Unidos dan un especial sentido y alcance a la participación de España en este bicentenario de la gran nación norteamericana. Por todas estas razones, España se siente llamada muy especialmente y se considera específicamente cualificada para concurrir a esa convocatoria internacional con motivo de la conmemoración bicentenaria del nacimiento de un gran país sobre el que hoy gravita el mayor peso y responsabilidad en la conducción de los asuntos mundiales.

La participación de España a esa gran ocasión se referirá principalmente a mostrar la acción española en el descubrimiento y civilización no sólo del continente americano, sino de extensos territorios que constituyen una gran parte de los Estados Unidos; a poner en evidencia un hecho histórico no suficientemente conocido ni divulgado como es el de la participación activa que tuvo España en el proceso histórico de la descolonización e independencia norteamericana y, finalmente, a mostrar asimismo lo que significa en la estructura actual de ese gran país el núcleo de habitantes de estirpe hispana y habla española.

En su virtud y a propuesta del señor Ministro de Asuntos Exteriores y previa la deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiuno de marzo de mil novecientos setenta y cinco,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se crea la Comisión Nacional Española de conmemoración del bicentenario de la Independencia de los Estados Unidos de América.

Artículo 2.

La Presidencia de honor la ostenta Su Alteza Real el Príncipe de España.

Artículo 3.

La Vicepresidencia de honor la ostenta el excelentísimo señor Presidente del Gobierno.

Artículo 4.

Serán órganos de la Comisión Nacional el Pleno y la Comisión Ejecutiva.

Artículo 5.

Constituirán el Pleno los excelentísimos señores Ministros de Asuntos Exteriores, Ejército, Marina, Hacienda, Educación y Ciencia, Industria, Secretario general del Movimiento, Comercio, Información y Turismo, de la Presidencia del Gobierno y Planificación del Desarrollo, como Presidentes, ejerciendo la Presidencia efectiva el excelentísimo señor Ministro de Asuntos Exteriores y los excelentísimos señores Subsecretario de Asuntos Exteriores, Presidente del Instituto de Cultura Hispánica y el Presidente de la Comisión Ejecutiva, como Vicepresidentes.

Formarán, además, parte del Pleno los Directores generales de Relaciones Culturales de Norteamérica y Extremo Oriente, del Patrimonio Artístico y Cultural, Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, los Directores del Museo del Ejército, del Servicio Histórico Militar, de Enseñanza Naval, del Museo Naval, de la Real Academia de la Lengua, de la Real Academia de la Historia, los Rectores magníficos de la Universidad de Salamanca, de la Universidad Complutense de Madrid, de la Universidad de Sevilla y el Presidente de Iberia, Líneas Aéreas de España.

Artículo 6.

La Comisión Ejecutiva estará presidida por el excelentísimo señor don Antonio Garrigues y Díaz-Cañabate, Embajador de España, y la compondrán los Directores generales de Relaciones Culturales de Norteamérica y Extremo Oriente, de Administración Local, de Política Comercial, de Cultura Popular, de Ordenación del Turismo, de Relaciones Institucionales,. los Secretarios generales Técnicos de Educación y Ciencia, de Industria, los Directores del Museo del Ejército, del Servicio Histórico Militar, del Museo Naval, de Enseñanza Naval, del Servicio Exterior del Movimiento, de la Real Academia de la Historia, del Instituto de Cultura Hispánica o los representantes que designen. Actuará de Secretario un funcionario de la Dirección General de Relaciones Culturales del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Artículo 7.

Será competencia de la Comisión Ejecutiva:

Uno. Proponer al Pleno el programa de actividades a realizar, así como cualquier otra iniciativa que considere de interés.

Dos. Ejecutar los acuerdos del Pleno.

Tres. Realizar cuantos trabajos y actividades considere oportuno encomendarle el Pleno.

Artículo 8.

El Presidente de la Comisión Nacional queda facultado en este momento para constituir, a propuesta del Presidente de la Comisión Ejecutiva, Comisiones, Subcomisiones y grupos de trabajo para contar con el debido asesoramiento o efectiva colaboración para el mejor logro de los fines propuestos.

Artículo 9.

Los gastos que se ocasionen para el cumplimiento del presente Decreto se cubrirán con cargo a las dotaciones presupuestarias ordinarias de los respectivos Departamentos ministeriales interesados.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veintiuno de marzo de mil novecientos setenta y cinco.

FRANCISCO FRANCO

El Ministro de Asuntos Exteriores,

PEDRO CORTINA MAURl

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 21/03/1975
  • Fecha de publicación: 02/04/1975
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA los arts. 2 y 8, por Decreto 628/1976, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-1976-6663).
  • SE AMPLIA la composición de la Comisión, por Decreto 2112/1975, de 23 de agosto (Ref. BOE-A-1975-18737).
Materias
  • Estados Unidos de América

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