Orden de 20 de septiembre de 1965 por la que se fija el porcentaje mínimo de fondos públicos que los Bancos privados y el Exterior de España deben mantener en sus carteras en relación con los recursos depositados por sus clientes.
Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 1965, páginas 12966 a 12966 (1 pág.)