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Documento BOE-A-1994-5830

Real Decreto 135/1994, de 4 de febrero, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico superior en levantamientos y desarrollos urbanísticos.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 1994, páginas 8011 a 8016 (6 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1994-5830
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1994/02/04/135

TEXTO ORIGINAL

El artículo 35 de la Ley Orgánica de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, determina que corresponde al Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecer los títulos correspondientes a los estudios de formación profesional, así como las enseñanzas mínimas de cada uno de ellos. Por otro lado y conforme al artículo 4 de la citada Ley Orgánica, corresponde también al Gobierno fijar los aspectos básicos del currículo o enseñanzas mínimas para todo el Estado, atribuyendo a las administraciones educativas competentes el establecimiento propiamente dicho del currículo.

En cumplimiento de estos preceptos, el Real Decreto 676/1993, de 7 de mayo, ha establecido las directrices generales sobre los títulos y las correspondientes enseñanzas mínimas de formación profesional, definiendo las características básicas de estas enseñanzas, sus objetivos generales, su organización en módulos profesionales, así como diversos aspectos básicos de su ordenación académica. A su vez, en el marco de las directrices establecidas por el citado Real Decreto, el Gobierno mediante los correspondientes Reales Decretos, está procediendo a establecer los títulos de formación profesional y sus respectivas enseñanzas mínimas.

A medida que se vaya produciendo el establecimiento de cada título de formación profesional y de sus correspondientes enseñanzas mínimas, lo que se ha llevado a efecto para el título de Técnico superior de Levantamientos y desarrollos urbanísticos por medio del Real Decreto 2209/1993, de 17 de diciembre, procede que las administraciones educativas y, en su caso, el Gobierno, como ocurre en el presente Real Decreto, regulen y establezcan el currículo del correspondiente ciclo formativo en sus respectivos ámbitos de competencia.

De acuerdo con los principios generales que han de regir la actividad educativa, según el artículo 2 de la reiterada Ley Orgánica 1/1990, el currículo de los ciclos formativos ha de establecerse con carácter flexible y abierto, de modo que permita la autonomía docente de los centros, posibilitando a los profesores adecuar la docencia a las características de los alumnos y al entorno socio-cultural de los centros. Esta exigencia de flexibilidad es particularmente importante en los currículos de los ciclos formativos, que deben establecerse según percibe el artículo 13 del Real Decreto 676/1993, teniendo en cuenta, además, las necesidades de desarrollo económico, social y de recursos humanos de la estructura productiva del entorno de los centros educativos.

El currículo establecido en el presente Real Decreto requiere, pues, un posterior desarrollo en las programaciones elaboradas por el equipo docente del ciclo formativo que concrete la referida adaptación, incorporando principalmente el diseño de actividades de aprendizaje, en particular las relativas al módulo de formación en centro de trabajo, que tengan en cuenta las posibilidades de formación que ofrecen los equipamientos y recursos del centro educativo y de los centros de producción, con los que se establezcan convenios de colaboración para realizar la formación en centro de trabajo.

La elaboración de estas programaciones se basará en las enseñanzas establecidas en el presente Real Decreto, tomando en todo caso como referencia la competencia profesional expresada en el correspondiente perfil profesional del título, en concordancia con la principal finalidad de currículo de la formación profesional específica, orientada a proporcionar a los alumnos la referida competencia y la cualificación profesional que les permita resolver satisfactoriamente las situaciones de trabajo relativas a la profesión.

Los objetivos de los distintos módulos profesionales, expresados en términos de capacidades terminales y definidos en el Real Decreto que en cada caso establece el título y sus respectivas enseñanzas mínimas, son una pieza clave del currículo. Definen el comportamiento del alumno en términos de los resultados evaluables que se requieren para alcanzar los aspectos básicos de la competencia profesional. Estos aspectos básicos aseguran una cualificación común del titulado, garantía de la validez del título en todo el territorio del Estado y de la correspondencia europea de las cualificaciones. El desarrollo de las referidas capacidades terminales permitirá a los alumnos alcanzar los logros profesionales identificados en las realizaciones y criterios de realización contenidos en cada unidad de competencia.

Los criterios de evaluación correspondientes a cada capacidad terminal permiten comprobar el nivel de adquisición de la misma y constituyen la guía y el soporte para definir las actividades propias del proceso de evaluación.

Los contenidos del currículo establecidos en el presente Real Decreto son los indispensables para alcanzar las capacidades terminales y tienen por lo general un carácter interdisciplinar derivado de la naturaleza de la competencia profesional asociada al título. El valor y significado en el empleo de cada unidad de competencia y la necesidad creciente de polivalencia funcional y tecnológica del trabajo técnico determinan la inclusión en el currículo de contenidos pertenecientes a diversos campos del saber tecnológico, aglutinados por los procedimientos de producción subyacentes en cada perfil profesional.

Los elementos curriculares de cada módulo profesional incluyen por lo general conocimientos relativos a conceptos, procesos, situaciones y procedimientos que concretan el <saber hacer> técnico relativo a la profesión. Las capacidades actitudinales que pretenden conseguirse deben tomar como referencia fundamental las capacidades terminales del módulo de formación en centro de trabajo y las capacidades profesionales del perfil.

Por otro lado, los bloques de contenidos no han de interpretarse como una sucesión ordenada de unidades didácticas. Los profesores deberán desarrollarlas y organizarlas conforme a los criterios que, a su juicio, permitan que se adquiera mejor la competencia profesional. Para ello debe tenerse presente que las actividades productivas, requieren de la acción, es decir, del dominio de unos modos operativos, del <saber hacer>. Por esta razón, los aprendizajes de la formación profesional, y en particular de la específica, deben articularse fundamentalmente en torno a los procedimientos que tomen como referencia los procesos y métodos de producción o de prestación de servicios a los que remiten las realizaciones y el dominio profesional expresados en las unidades de competencia del perfil profesional.

Asimismo, para que el aprendizaje sea eficaz, debe establecerse también una secuencia precisa entre todos los contenidos que se incluyen en el período de aprendizaje del módulo profesional. Esta secuencia y organización de los demás tipos de contenido en torno a los procedimientos, deberá tener como referencia las capacidades terminales de cada módulo profesional.

Finalmente, la teoría y la práctica, como elementos inseparables del lenguaje tecnológico y del proceso de enseñanza-aprendizaje, que se integran en los elementos curriculares de cada módulo, según lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 676/1993, deben integrarse también en el desarrollo del currículo que realicen los profesores y en la programación del proceso educativo adoptado en el aula.

Estas tres orientaciones sobre la forma de organizar el aprendizaje de los contenidos, resulta por lo general, la mejor estrategia metodológica para aprender y comprender significativamente los contenidos de la formación profesional específica.

Las competencias profesionales de los títulos de Edificación y Obra Civil se refieren al desarrollo y aplicación de proyectos urbanísticos, de edificación y de obra civil, a los métodos de control de los planes de obra, de calidad y de seguridad, a la gestión de los recursos, a las operaciones y mantenimiento de primer nivel de la maquinaria de construcción y a los procesos de ejecución de las obras.

El conjunto de los títulos profesionales de Edificación y Obra Civil pretende cubrir las necesidades de formación correspondientes a niveles de cualificación profesionales de los campos de actividad productiva de construcción de edificios industriales, comerciales, de servicios y de viviendas, así como a la construcción de aeropuertos, carreteras, obras marítimas e hidráulicas, obras subterráneas, ferrocarriles, conducciones lineales y a su rehabilitación.

Las cualificaciones profesionales identificadas y expresadas en los perfiles de los títulos responden a las necesidades de cualificación en el segmento del trabajo técnico de los procesos tecnológicos de: demoliciones, movimientos de tierras, extracción y movimiento de rocas, firmes, vías férreas, cimentaciones especiales, obras marítimas e hidráulicas, obras de hormigón, drenajes y saneamientos, cerramientos y particiones y revestimientos en general.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, previo informe del Consejo Escolar del Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de febrero de 1994,

D I S P O N G O :

Artículo 1.

1. El presente Real Decreto determina el currículo para las enseñanzas de formación profesional vinculadas al título de Técnico superior en Levantamientos y desarrollos urbanísticos. A estos efectos, la referencia del sistema productivo se establece en el Real Decreto 2209/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba las enseñanzas mínimas del título. Los objetivos expresados en términos de capacidades y los criterios de evaluación del currículo del ciclo formativo, son los establecidos en el citado Real Decreto.

2. Los contenidos del currículo se establecen en el anexo I del presente Real Decreto.

3. En el anexo II del presente Real Decreto se determinan los requisitos de espacios e instalaciones que deben reunir los centros educativos para la impartición del presente ciclo formativo.

Artículo 2.

El presente Real Decreto será de aplicación en el ámbito territorial de gestión del Ministerio de Educación y Ciencia.

Artículo 3.

Los módulos profesionales de este ciclo formativo se organizarán en dos cursos académicos:

1. Son módulos profesionales del primer curso:

a) Trabajos de campo y gabinete.

b) Trazados viarios y abastecimientos.

c) Ordenación urbana.

d) Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa.

e) Formación y orientación laboral.

2. Son módulos profesionales del segundo curso:

a) Replanteos de obra.

b) Planes de urbanismo.

c) Proyecto de urbanización.

d) Formación en centro de trabajo.

Artículo 4.

La distribución horaria semanal de los diferentes módulos profesionales que corresponden a este ciclo formativo será establecida por el Ministerio de Educación y Ciencia.

Artículo 5.

El Ministro de Educación y Ciencia dictará las normas pertinentes en materia de evaluación y promoción de los alumnos.

Disposición adicional única.

De acuerdo con las exigencias de organización y metodología de la educación de adultos, tanto en la modalidad de educación presencial como en la de educación a distancia, el Ministerio de Educación y Ciencia podrá adaptar el currículo al que se refiere el presente Real Decreto conforme a las características, condiciones y necesidades de la población adulta.

Disposición final primera.

Se autoriza al Ministro de Educación y Ciencia para dictar las disposiciones que sean precisas para la aplicación de lo dispuesto en este Real Decreto.

Disposición final segunda.

El currículo establecido en el presente Real Decreto será de aplicación supletoria en las Comunidades Autónomas que se encuentren en pleno ejercicio de sus competencias educativas, de conformidad con lo establecido en el artículo 149.3 de la Constitución.

Disposición final tercera.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Dado en Madrid a 4 de febrero de 1994.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación y Ciencia,

GUSTAVO SUAREZ PERTIERRA

ANEXO I

Módulo profesional 1: trabajos de campo y gabinete

CONTENIDOS (duración 380 horas)

1. Conceptos básicos:

a) Origen histórico y división de la topografía.

b) Unidades de medida utilizadas en topografía: Lineales, superficiales, angulares; distancia natural, geométrica y reducida; desniveles, pendientes y taludes; coordenadas cartesianas; clases de ángulos horizontales y verticales; orientación magnética; nociones sobre teoría de errores.

2. Instrumentos topográficos:

a) Instrumentos simples: Jalón, cinta métrica, plomada, brújula.

b) Taquímetro: Características. Puesta en estación. Mira taquimétrica. Manejo del instrumento.

c) Nivel: Características. Nivel de línea. Nivel automático. Mira de nivelación. Manejo del instrumento.

d) Distanciómetro electrónico. Nociones.

3. Nivelación:

a) Conceptos generales. Nivelación geométrica simple y compuesta. Nivelación trigonométrica. Libretas. Realización de croquis.

b) Métodos: Radiación, itinerario.

c) Toma de datos de campo.

4. Planimetría:

a) Levantamiento planimétrico. Conceptos generales. Libretas. Croquización.

b) Métodos: Radiación, triangulación, abcisas y ordenadas, itinerario.

c) Toma de datos de campo.

5. Taquimetría:

a) Levantamiento taquimétrico. Conceptos generales. Libretas. Realización de croquis.

b) Enlace de estaciones.

c) Métodos: Radiación, triangulación, itinerario.

d) Toma de datos de campo.

6. Interpretación de planos:

a) Cartas, mapas y planos.

b) Escalas: Gráficas, numéricas, escalas más frecuentes en proyectos de obras.

c) Representación e interpretación del relieve.

d) Curvas de nivel. Equidistancia.

7. Representación del terreno:

a) Interpolación de curvas de nivel. Métodos.

b) Representación planimétrica. Resolución de libretas planimétricas. Dibujo del plano del levantamiento.

c) Representación altimétrica. Resolución de libretas de nivelación. Dibujo del plano del levantamiento.

d) Representación taquimétrica. Resolución de libretas taquimétricas. Dibujo del plano del levantamiento.

8. Nociones de fotogrametría:

a) Introducción a la fotogrametría.

b) Levantamiento fotogramétrico. Proceso. Proyecto de vuelo.

c) Identificación de objetos y puntos de apoyo. Fotogramas.

d) Estereoscopo y barra de paralaje. Aplicaciones.

9. Operaciones reales:

Levantamiento de taquimetría: Observación del terreno. Croquización, numeración de vértices; elección del método a seguir para la toma de datos; datos complementarios; elección de puntos de estacionamiento; toma de datos definitivos; representación gráfica, interpolación de curvas.

Módulo profesional 2: Trazados viarios y abastecimientos

CONTENIDOS (duración 260 horas)

1. Documentos topográficos de los proyectos de construcción:

a) Memoria: Anejo topográfico y cartográfico.

b) Planos: De situación, de emplazamiento, de replanteo y de detalles.

c) Pliego de condiciones: Desarrollo y control de las obras.

d) Presupuesto: Mediciones.

2. Infraestructuras:

Conocimiento, función y disposición de los elementos de construcción: Explotación de cantera, fabricación de bases, extendido de bases, compactado de capas, cosido de taludes, drenajes, ataguías, colocación de balasto; colocación y alineación de carriles de vía y de atraviesas.

3. Trazados. Perfiles:

a) Normativa vigente relativa al trazado de viales. Acuerdos.

b) Representación de trazas. Simbología. Cálculo de tangentes, ángulos, radios y bisectrices.

c) Perfil longitudinal. Concepto. Interpretación de los datos de campo. Cálculo de rasantes. Cálculo de cotas de desmonte y terraplén. Representación gráfica.

d) Perfil transversal. Conceptos generales. Cálculo de taludes. Cunetas. Cajeado de la planta. Representación gráfica.

e) Dibujo de perfiles transversales. Escalas. Normativa.

f) Plataformas. Concepto y dibujo.

g) Carreteras y autopistas. Trazados.

h) Trazados para ferrocarriles.

4. Cubicaciones:

a) Fórmulas para la determinación de longitudes, áreas y volúmenes de figuras planas y cuerpos geométricos.

b) Instrumentos utilizados. Planímetro.

c) Cubicación de obras lineales y no lineales. Métodos.

d) Esponjamientos y compactaciones.

5. Operaciones reales: Trazado de vial: Elección del perfil idóneo, aplicación de la normativa; obtención de alineaciones rectas y curvas, acuerdos; obtención de rasantes, taludes y cotas de desmonte y terraplén; cubicación de las obras de tierra, valoración.

6. Aplicación de la normativa al diseño y cálculo de abastecimientos:

a) Normativa vigente aplicable.

b) Acometidas provisionales.

c) Red general de alcantarillado.

d) Abastecimientos de agua.

e) Abastecimientos de electricidad.

f) Abastecimientos de telefonía.

g) Abastecimientos de gas.

7. Instalaciones de salubridad:

a) Normativa aplicable al cálculo y construcción. Materiales.

b) Representación gráfica de: Instalaciones de alcantarillado, depuración; instalaciones de saneamiento.

8. Instalaciones de fontanería:

a) Normativa aplicable al cálculo y construcción. Materiales.

b) Representación gráfica de: Abastecimiento de agua, redes de riego.

9. Instalaciones de electricidad:

a) Normativa aplicable al cálculo y construcción. Materiales.

b) Representación gráfica de: Instalaciones de electricidad en baja tensión, instalaciones de alumbrado exterior.

10. Diseño asistido por ordenador:

a) Iniciación a la informática de usuario. Sistema operativo. Equipos C.A.D.

b) Programa C.A.D. Introducción e iniciación del trabajo: Ordenes de ayuda y salida del programa, órdenes de dibujo de entidades, órdenes de edición y de consulta, controles de pantalla, introducción al concepto de capa de dibujo, ayudas al dibujo, bloques, acotaciones, sombreados y rayados, órdenes especiales de 3D, trazo en papel por impresora gráfica o <plotter>. Aplicación práctica.

c) Programa C.A.D. Procedimientos utilizados en el desarrollo de proyectos: Dibujo prototipo, estrategia y uso de las diferentes herramientas de trabajo; planteamiento básico de un proyecto, unidades, capas y bloques; seguimiento de los trabajos, digitalización de un plano preexistente; planteamiento del trabajo en las tres dimensiones; obtención de la tercera dimensión. Aplicación práctica.

Módulo profesional 3: Ordenación urbana

CONTENIDOS (duración 160 horas)

1. Nociones de urbanismo:

a) Ideas sobre urbanismo: Evolución del urbanismo, tipos de ciudades, división sistemática de una ciudad.

b) Ordenación urbana: Trabajos preparativos; plan territorial y plan especial; plan general, zonificación; plan parcial; proyectos de urbanización.

c) Formas de actuación sobre el suelo urbano: Ley sobre régimen del suelo y ordenación urbana, aplicación; tipos de suelo urbano; sistemas de actuación: Cooperación, compensación, cesión, expropiación, valoraciones, tasaciones.

d) Ordenanzas de edificación. Aplicación práctica.

e) Vías de comunicación.

2. Construcciones básicas: Conocimiento, función y disposición de elementos de construcción:

a) Desbroce. Demoliciones. Escarificado.

b) Excavaciones. Voladuras.

c) Rellenos.

d) Montaje de líneas eléctricas.

e) Tendido de tuberías terrestres.

f) Tendido de tuberías marítimas.

3. Entorno físico. Geología y vegetación. Patrimonio histórico-artístico:

a) Geología. Hidrología. Clima.

b) Vegetación. Fauna. Ecosistemas.

c) Patrimonio arqueológico y paleontológico.

d) Patrimonio histórico.

e) Yacimientos.

Módulo profesional 4: Replanteos de obra

CONTENIDOS (duración 130 horas)

1. Instrumentos, útiles y medios auxiliares:

a) Instrumentos expeditos, de precisión, auxiliares. Características, aplicaciones y utilización.

b) Utiles y medios para señalamiento de puntos, alineaciones y rasantes. Características, aplicaciones y forma de utilización.

c) Errores en las medidas y en los instrumentos.

2. Replanteo en planta:

a) Replanteo de puntos. Referenciación.

b) Replanteo de alineaciones rectas. Trazado de perpendiculares, paralelas y bisectrices.

c) Replanteo de curvas. Métodos. Acuerdos.

d) Replanteo del eje de obras longitudinales.

e) Ejecución y materialización. Reposición de puntos.

3. Replanteo de rasantes:

a) Clases de rasantes.

b) Acuerdos.

c) Refino de rasantes.

d) Ejecución y materialización. Reposición de puntos.

4. Aplicaciones:

a) Replanteo de obras de tierra.

b) Replanteo de zanjas para conducciones.

c) Replanteo de obras de fábrica.

d) Replanteo de edificios.

e) Replanteo de carreteras y trazados de ferrocarril.

f) Replanteo de pequeñas zonas urbanas.

g) Replanteo de fincas y parcelas.

h) Aplomado y nivelación de elementos de obras.

Módulo profesional 5: Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa

CONTENIDOS (duración 95 horas)

1. La empresa y su entorno:

a) Concepto jurídico-económico de empresa.

b) Definición de la actividad.

c) Localización, ubicación y dimensión legal de la empresa.

2. Formas jurídicas de las empresas:

a) El empresario individual.

b) Sociedades.

c) Análisis comparativo de los distintos tipos de empresas.

3. Gestión de constitución de una empresa:

a) Relación con organismos oficiales.

b) Trámites de constitución.

c) Ayudas y subvenciones al empresario.

d) Fuentes de financiación.

4. Gestión de personal:

a) Convenio del sector.

d) Diferentes tipos de contratos laborales.

c) Nómina.

d) Seguros sociales.

5. Gestión administrativa:

a) Documentación administrativa.

b) Contabilidad y libros contables.

c) Inventario y valoración de existencias.

d) Cálculo del coste, beneficio y precio de venta.

6. Gestión comercial:

a) Elementos básicos de la comercialización.

b) Técnicas de venta y negociación.

c) Atención al cliente.

7. Obligaciones fiscales:

a) Calendario fiscal.

b) Impuestos más importantes que afectan a la actividad de la empresa.

c) Liquidación de IVA e IRPF.

8. Proyecto empresarial.

Módulo profesional 6: Planes de urbanismo

CONTENIDOS (duración 240 horas)

1. Plan parcial:

a) Desarrollo de un plan parcial de ordenación urbana donde intervengan estudios sobre reparcelaciones, zonificación, volúmenes construibles y trazados de viales y abastecimientos de agua, electricidad, saneamiento, gas y telefonía.

b) Identificación de necesidades.

c) Búsqueda y análisis de la información y documentación necesaria.

d) Estudio y valoración de alternativas.

e) Realización del proyecto: Recogida de datos urbanísticos y topográficos, estudio y aplicación de la normativa vigente, zonificación. Realización de la memoria descriptiva.

f) Pliegos de condiciones: Indole facultativa, índole legal, índole económica, índole técnica.

g) Presupuesto: Mediciones, precios descompuestos, presupuestos de ejecución material.

h) Planos: Situación y emplazamiento, generales, detalles, redes de abastecimiento.

Módulo profesional 7: Proyecto de urbanización

CONTENIDOS (duración 290 horas)

1. Proyecto de urbanización:

a) Desarrollo de un proyecto de ordenación urbana partiendo del plan parcial correspondiente en el que intervengan estudios sobre parcelaciones, zonificación volúmenes construibles y trazado de viales y abastecimientos de agua, electricidad, saneamiento, gas y telefonía con sus correspondientes acometidas.

b) Identificación de necesidades.

c) Búsqueda y análisis de la información y documentación necesarias.

d) Estudio y valoración de alternativas.

e) Desarrollo del proyecto: Estudio y valoración del plan parcial correspondiente, recogida de datos urbanísticos y topográficos.

f) Estudio y aplicación de la normativa vigente: Normas referentes al plan parcial, normas municipales.

g) Zonificación.

h) Confección de la memoria descriptiva.

i) Pliegos de condiciones: Indole facultativa, índole legal, índole económica, índole técnica.

j) Presupuesto: Mediciones, precios descompuestos, presupuestos de ejecución material.

k) Planos: Situación y emplazamiento, generales, detalles.

l) Redes de abastecimiento. Acometidas generales y a pie de parcela.

Módulo profesional 8: Formación en centro de trabajo

CONTENIDOS (duración 380 horas)

1. Levantamiento del terreno:

a) Observación y toma de datos iniciales.

b) Estacionamiento. Cambios de estación.

c) Toma de datos topográficos.

d) Resolución de libretas de campo.

e) Representación gráfica del terreno. Aplicación de la simbología específica.

2. Replanteos:

a) Croquis de replanteo. Datos iniciales.

b) Replanteo de puntos. Reposiciones.

c) Replanteo de alineaciones rectas y curvas.

d) Replanteo de rasantes.

e) Aplomados.

3. Proyectos:

a) Toma de datos urbanísticos.

b) Ordenación urbana. Aplicación de la normativa.

c) Estudio de alternativas.

d) Realización de los documentos del proyecto.

e) Redes de abastecimiento. Aplicación del diseño.

Módulo profesional 9: Formación y orientación laboral

CONTENIDOS (duración 65 horas)

1. Salud laboral:

a) Condiciones de trabajo y seguridad. Salud laboral y calidad de vida. El medio ambiente y su conservación.

b) Factores de riesgo: Físicos, químicos, biológicos, organizativos. Medidas de prevención y protección.

c) Técnicas aplicadas de la organización <segura> del trabajo.

d) Técnicas generales de prevención/protección. Análisis, evaluación y propuesta de actuaciones.

e) Casos prácticos.

f) Prioridades y secuencias de actuación en caso de accidentes.

g) Aplicación de técnicas de primeros auxilios: Consciencia/inconsciencia, reanimación cardiopulmonar, traumatismos, salvamentos y transporte de accidentados.

2. Legislación y relaciones laborales:

a) Derecho laboral: Normas fundamentales.

b) La relación laboral. Modalidades de contratación, salarios e incentivos. Suspensión y extinción del contrato.

c) Seguridad Social y otras prestaciones.

d) Organos de representación.

e) Convenio colectivo. Negociación colectiva.

3. Orientación e inserción sociolaboral:

a) El mercado laboral. Estructura. Perspectivas del entorno.

b) El proceso de búsqueda de empleo: Fuentes de información, mecanismos de oferta-demanda, procedimientos y técnicas.

c) Iniciativas para el trabajo por cuenta propia. Trámites y recursos de constitución de pequeñas empresas.

d) Recursos de autoorientación profesional. Análisis y evalución del propio potencial profesional y de los intereses personales. La superación de hábitos sociales discriminatorios. Elaboración de itinerarios formativos/profesionalizadores. La toma de decisiones.

4. Principios de economía:

a) Variables macroeconómicas. Indicadores socioeconómicos. Sus interrelaciones.

b) Economía de mercado: Oferta y demanda, mercados competitivos.

c) Relaciones socioeconómicas internacionales: CEE.

5. Economía y organización de la empresa:

a) Actividad económica de la empresa: Criterios de clasificación.

b) La empresa: Tipos de modelos organizativos. Areas funcionales. Organigramas.

c) Funcionamiento económico de la empresa: Patrimonio de la empresa; obtención de recursos: Financiación propia, financiación ajena; interpretación de estados de cuentas anuales; costes fijos y variables.

ANEXO II

Requisitos de espacios e instalaciones del currículo del ciclo formativo de Técnico superior en levantamientos y desarrollos urbanísticos

De conformidad con la disposición final segunda del Real Decreto 2209/1993, de 17 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico superior en levantamientos y desarrollos urbanísticos, los requisitos de espacios e instalaciones de dicho ciclo formativo son:

Espacio formativo / Superficie - m2 / Grado de utilización - Porcentaje

Aula técnica / 120 / 85

Aula polivalente / 60 / 15

El <grado de utilización> expresa en tanto por ciento la ocupación del espacio por un grupo de alumnos prevista para la impartición del ciclo formativo.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 04/02/1994
  • Fecha de publicación: 11/03/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 12/03/1994
  • Fecha de derogación: 15/04/2011
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 386/2011, de 18 de marzo (Ref. BOE-A-2011-6711).
Referencias anteriores
Materias
  • Currículo
  • Enseñanza de Formación Profesional
  • Formación profesional

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