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Documento DOUE-Z-2022-70047

Decisión de la Mesa del Parlamento Europeo de 6 de junio de 2022 por la que se modifican las Medidas de aplicación del Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 256, de 4 de julio de 2022, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-Z-2022-70047

TEXTO ORIGINAL

LA MESA DEL PARLAMENTO EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 223, apartado 2,

Visto el Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo (1),

Visto el artículo 25 del Reglamento interno del Parlamento Europeo,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 69, apartado 2, de las Medidas de aplicación del Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo (2) (en lo sucesivo, «Medidas de aplicación»), el importe mensual máximo de los gastos cubiertos para los colaboradores que prestan asistencia parlamentaria a que se refiere el artículo 33, apartado 4, de las Medidas de aplicación debe, en su caso, ser indexado anualmente por la Mesa sobre la base del Índice Común establecido por Eurostat para medir la evolución del coste de la vida de los funcionarios de la UE (en lo sucesivo, «Índice Común»), con arreglo al artículo 65 y de conformidad con el anexo XI del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y el régimen aplicable a los otros agentes, establecidos en el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.o 259/68 del Consejo (3) (en lo sucesivo, «Estatuto de los funcionarios»). Esa indexación la decide normalmente la Mesa en diciembre y puede tener efecto retroactivo a julio del año al que se refiere el índice.

(2)

De conformidad con las disposiciones antes mencionadas del Estatuto de los funcionarios, se requiere una actualización intermedia de las retribuciones y pensiones nominales de los funcionarios y pensionistas de la UE en el caso de se produzca un aumento de la tasa de inflación igual o superior al 3,0 % durante el período de seis meses comprendido entre junio y diciembre del año civil anterior. Durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2021 y el 1 de enero de 2022, el Índice Común se ha fijado en 103,5, lo que indica una tasa de inflación del 3,5 %. Dado que este cambio supera el umbral del 3 %, se requiere una actualización con efectos a partir del 1 de enero de 2022.

(3)

Esta actualización también afecta a los sueldos de los asistentes parlamentarios acreditados (APA) de los diputados cubiertos por el Estatuto de los funcionarios. Dado que los sueldos de los APA se pagan con cargo al importe mensual máximo de los gastos cubiertos para los colaboradores que prestan asistencia parlamentaria a cada diputado, es necesario actualizar dicho importe mensual máximo en consecuencia.

(4)

En este contexto, la Comisión ha fijado el índice de adaptación para el período de enero a junio de 2022 en el 2,4 %. Así pues, el importe mensual máximo de los gastos cubiertos para los colaboradores que prestan asistencia parlamentaria debe aumentarse a 26 734 EUR con efectos a partir del 1 de enero de 2022.

APRUEBA LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 33 de las Medidas de aplicación, el apartado 4 se sustituye por el texto siguiente:

«4.   El importe mensual máximo de los gastos cubiertos para todos los colaboradores a que se refiere el artículo 34 se fija en 26 734 euros con efectos a partir del 1 de enero de 2022.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2022.

 

(1)  Decisión 2005/684/CE, Euratom del Parlamento Europeo, de 28 de septiembre de 2005, sobre la adopción del Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo (DO L 262 de 7.10.2005, p. 1).

(2)  Decisión de la Mesa del Parlamento Europeo, de 19 de mayo y 9 de julio de 2008, por la que se establecen medidas de aplicación del Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo (DO C 159 de 13.7.2009, p. 1).

(3)  DO L 56 de 4.3.1968, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 06/06/2022
  • Fecha de publicación: 04/07/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 05/07/2022
  • Aplicable desde el 1 de enero de 2022.
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el art. 33.4 de la Decisión de 9 de julio de 2008 (Ref. DOUE-Z-2009-70004).
Materias
  • Dietas
  • Diputados
  • Gastos
  • Indemnizaciones
  • Parlamento Europeo

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