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Documento DOUE-Z-2022-70019

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Publicado en:
«DOUE» núm. 143, de 31 de marzo de 2022, páginas 6 a 7 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-Z-2022-70019

TEXTO ORIGINAL

 

La publicación de los importes de referencia en relación con el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4 del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) (2), se basa en la información notificada por los Estados miembros a la Comisión de conformidad con el artículo 39 del Código de fronteras Schengen (codificación).

Además de publicarse en el Diario Oficial, una actualización mensual está disponible en el sitio de internet de la Dirección General de Asuntos de Interior.

IMPORTES DE REFERENCIA ESTABLECIDOS POR LAS AUTORIDADES NACIONALES PARA EL CRUCE DE LAS FRONTERAS EXTERIORES

ESPAÑA

Sustitución de la información publicada en el DO C 486 de 3.12.2021, p. 26.

El artículo 1 de la Orden del Ministerio de la Presidencia PRE/1282/2007, de 10 de mayo de 2007, sobre medios económicos cuya disposición habrán de acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada en España, establece que «la cantidad a acreditar deberá alcanzar una cantidad que represente en euros el 10 % del salario interprofesional mínimo bruto o su equivalente legal en moneda extranjera multiplicada por el número de días que pretendan permanecer en España y por el número de personas que viajen a su cargo».

El Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero de 2022, por el que se fija el salario mínimo interprofesional, publicado en el Boletín Oficial del Estado Tel. 46, de 23 de febrero de 2022, establece la cuantía del salario mínimo interprofesional que deberá regir a partir del 1 de enero de 2022, fijándolo en 33,33 euros/día o 1 000 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.

De acuerdo con la actualización del salario mínimo interprofesional fijado en el Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero de 2022, los extranjeros que pretendan entrar en el territorio nacional deben seguir acreditando que disponen de una cantidad mínima de 100 euros por persona y día, y aquellos que tengan la intención de permanecer en España una cantidad mínima de 900 euros o su equivalente legal en moneda extranjera, siempre que lo exijan los funcionarios responsables del control de entrada en territorio español, y en los términos establecidos en la citada Orden.

Lista de publicaciones anteriores

DO C 247 de 13.10.2006, p. 19.

DO C 77 de 5.4.2007, p. 11.

DO C 153 de 6.7.2007, p. 22.

DO C 164 de 18.7.2007, p. 45.

DO C 182 de 4.8.2007, p. 18.

DO C 57 de 1.3.2008, p. 38.

DO C 134 de 31.5.2008, p. 19.

DO C 331 de 31.12.2008, p. 13.

DO C 33 de 10.2.2009, p. 1.

DO C 36 de 13.2.2009, p. 100.

DO C 37 de 14.2.2009, p. 8.

DO C 98 de 29.4.2009, p. 11.

DO C 35 de 12.2.2010, p. 7.

DO C 304 de 10.11.2010, p. 5.

DO C 24 de 26.1.2011, p. 6.

DO C 157 de 27.5.2011, p. 8.

DO C 203 de 9.7.2011, p. 16.

DO C 11 de 13.1.2012, p. 13.

DO C 72 de 10.3.2012, p. 44.

DO C 199 de 7.7.2012, p. 8.

DO C 298 de 4.10.2012, p. 3.

DO C 56 de 26.2.2013, p. 13.

DO C 98 de 5.4.2013, p. 3.

DO C 269 de 18.9.2013, p. 2.

DO C 57 de 28.2.2014, p. 2.

DO C 152 de 20.5.2014, p. 25.

DO C 224 de 15.7.2014, p. 31.

DO C 434 de 4.12.2014, p. 3.

DO C 447 de 13.12.2014, p. 32.

DO C 38 de 4.2.2015, p. 20.

DO C 96 de 11.3.2016, p. 7.

DO C 146 de 26.4.2016, p. 12.

DO C 248 de 8.7.2016, p. 12.

DO C 111 de 8.4.2017, p. 11.

DO C 21 de 20.1.2018, p. 3.

DO C 93 de 12.3.2018, p. 4.

DO C 153 de 2.5.2018, p. 8.

DO C 186 de 31.5.2018, p. 10.

DO C 264 de 26.7.2018, p. 6.

DO C 366 de 10.10.2018, p. 12.

DO C 459 de 20.12.2018, p. 38.

DO C 140 de 16.4.2019, p. 7.

DO C 178 de 28.5.2020, p. 3.

DO C 102 de 24.3.2021, p. 8.

DO C 486 de 3.12.2021, p. 26.

(1)  Véase la lista de publicaciones anteriores al final de la presente actualización.

(2)  DO L 77 de 23.3.2016, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Otros
  • Fecha de publicación: 31/03/2022
  • Publicada en el DOUE C 107, de 23 de marzo de 2022, las últimas actualizaciones.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE ACTUALIZA lo indicado para España, por Comunicación 2024/2879, de 24 de abril (Ref. DOUE-Z-2024-70024).
Referencias anteriores
Materias
  • Dinero
  • Extranjeros
  • Fronteras
  • Libre circulación de personas
  • Unión Europea

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