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Documento DOUE-Z-2019-70018

Decisión del Tribunal de Justicia, de 30 de abril de 2019 relativa a los días feriados legales y a las vacaciones judiciales.

Publicado en:
«DOUE» núm. 156, de 7 de mayo de 2019, páginas 4 a 5 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-Z-2019-70018

TEXTO ORIGINAL

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA,

Visto el artículo 24, apartados 2, 4 y 6, del Reglamento de Procedimiento,

Considerando que con arreglo al artículo 24, apartados 4 y 6, de dicho Reglamento, el Tribunal observará los días feriados legales del lugar donde tiene su sede y que la lista de esos días feriados se publicará anualmente en el Diario Oficial de la Unión Europea;

Considerando que la decisión del Tribunal de Justicia de 12 de febrero de 2019, relativa a los días feriados legales y a las vacaciones judiciales, fue publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 18 de marzo de 2019 (1);

Considerando que, con posterioridad a la publicación de dicha decisión, el 9 de mayo (Día de Europa) ha sido declarado día feriado legal en el Gran Ducado de Luxemburgo a partir de 2019 (2);

Considerando que, en consecuencia, procede modificar la decisión antes citada para incluir esa fecha en la lista de los días feriados legales del lugar donde el Tribunal de Justicia tiene su sede,

ADOPTA LA SIGUIENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La lista de los días feriados legales mencionada en el artículo 24, apartados 4 y 6, del Reglamento de Procedimiento será la siguiente:

—El día de Año Nuevo.

—El lunes de Pascua.

—El 1 de mayo.

—El 9 de mayo.

—La Ascensión.

—El lunes de Pentecostés.

—El 23 de junio.

—El 15 de agosto.

—El 1 de noviembre.

—El 25 de diciembre.

—El 26 de diciembre.

Artículo 2

Para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2019 y el 31 de octubre de 2020, las fechas de las vacaciones judiciales mencionadas en el artículo 24, apartados 2 y 6, del Reglamento de Procedimiento serán las siguientes:

—Navidad de 2019: del lunes 23 de diciembre de 2019 al domingo 12 de enero de 2020 inclusive.

—Semana Santa de 2020: del lunes 6 de abril de 2020 al domingo 19 de abril de 2020 inclusive.

—Verano de 2020: del jueves 16 de julio de 2020 al lunes 31 de agosto de 2020 inclusive.

Artículo 3

La presente decisión sustituye a la decisión de 12 de febrero de 2019. Entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, a 30 de abril de 2019.

El Secretario

A. CALOT ESCOBAR

El Presidente

K. LENAERTS

 

(1) C 103, de 18 de marzo de 2019, p. 2.

(2) Ley de 25 de abril de 2019, por la que se modifican los artículos L. 232-2 y L. 233-4 del Código de Trabajo y el artículo 28-1 de la Ley de 16 abril de 1979 modificada por la que se establece el Estatuto General de los Funcionarios del Estado, Mémorial A 271 de 26 de abril de 2019, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 30/04/2019
  • Fecha de publicación: 07/05/2019
  • Fecha de entrada en vigor: 07/05/2019
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE la Decisión del Tribunal de Justicia, de 12 de febrero de 2019 (Ref. DOUE-Z-2019-70008).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Días inhábiles
  • Fiestas
  • Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas
  • Vacaciones

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